Información del 9015020

FERNANDO

Miembro conocido
En caso de que una empresa incorpore a todo su personal, acaba el ERTE y, a efectos de exenciones, no habrá derecho a las mismas. Solo si en el ERTE conviven trabajadores dentro del ERTE y otros fuera del mismo, sea total o parcialmente. Eso concuerda con lo que yo pienso.
 

Fedayn

Miembro
Pero tendrá la exención hasta el momento en el que incorpore a todo el personal, ¿No? Por otra parte, ¿Se sabe qué sucede con las reincorporaciones parciales de antes del 13 de mayo?

Saludos.
 

AL1978

Miembro conocido
FERNANDO dijo:
En caso de que una empresa incorpore a todo su personal, acaba el ERTE y, a efectos de exenciones, no habrá derecho a las mismas. Solo si en el ERTE conviven trabajadores dentro del ERTE y otros fuera del mismo, sea total o parcialmente. Eso concuerda con lo que yo pienso.

Yo pienso lo mismo Fernando
 

elchuske

Miembro conocido
Yo no estoy muy de acuerdo porque... que pasa con las empresas de un trabajador. Se reincorpora, termina el erte y acaban las exenciones.
Yo entiendo que se pasa el excell naranja y se hace la declaración responsable, Se quita la V y se pone R.

Creo que va asi.
 

Argi

Miembro conocido
No sé...entonces habría que decir a nuestros clientes que mantengan al menos a un trabajador a un 5% de jornada en Erte....
 

Nikki_sp

Miembro conocido
pero es de genero tonto esa jugada,incorpora a todos al 100% menos al ultimo que lo recuperas al 90%
 

Fedayn

Miembro
OK, gracias. ¿Y sabéis qué pasa con las reincorporaciones parciales de antes del 13 de mayo o se esperan nuevas instrucciones de TGSS?

Gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Eso ahora que lo sabes, pero yo acabé el ERTE a primeros de mayo. Paso de jugármela con cambios a posteriori.
 

AL1978

Miembro conocido
elchuske dijo:
Yo no estoy muy de acuerdo porque... que pasa con las empresas de un trabajador. Se reincorpora, termina el erte y acaban las exenciones.
Yo entiendo que se pasa el excell naranja y se hace la declaración responsable, Se quita la V y se pone R.

Creo que va asi.

En mi opinión, habrá que ver el criterio de la DGT pero si no hay trabajadores con contrato suspendido por ERTE porque lo has reincorporado no veo la posibilidad de una exoneración por ERTE. Habría que determinar  la naturaleza temporal de esa reincorporación porque de otro modo si puedes abrir y recuperas al trabajador, el ERTE ha finalizado con las consecuencias legales que le correspondan. Además el mismo RD abre vías para el ERTE ETOP en el caso de que una vez reincorporado el trabajador se den las causas del art 23
Y por otro lado el art 4.4 del RD establece que la TGSS comprobará estas exenciones frente a los reconocimientos de prestación por desempleo de los trabajadores. En el momento que tu reincorpores al trabajador con el excel del color que sea el trabajador deja de recibir prestación por lo que cuando la TGSS cruce los datos no va a haber correspondencia.


 

elchuske

Miembro conocido
entiendo que las empresas que solo tienen un trabajador y lo reincorporan tendrian exencioon en el mes de mayo del 85% y el 70% en junio según el boletín red. Pero ya ni se lo que leo
 

DANIEL

Nuevo miembro
Magnífica aportación de Fernando sobre lo que le han comentado en el 901502050
Lo que no quita que sea un sinsentido.  Si tienes 20 trabajadores en ERTE, recuperas 19 y mantienes 1, tienes una exoneraciones brutales pese a que has recuperado casi toda la actividad.  Las mejores "bonificaciones" de la historia.    Pero como recuperes a los 20, nada de exoneraciones.  No digo que no vaya a ser así, digo que es un sinsentido

Y pienso que la TGSS interpreta mal lo del 13 de mayo.  El Decreto entró en vigor ese día, pero sus efectos van hacia atrás, porque establece dos reglas del juego en las exoneraciones.  En marzo y abril la que ya conocemos de sobra, y las nuevas reglas hablan en todo momento del mes de mayo y junio.  Lo de que hasta el 12 funcione la regla anterior, y desde el 13 la nueva, creo que es una interpretación errónea del hecho del que decreto en sí entre en vigor el 13 de mayo. 

Desde Casia me han confirmado que trabajadores incorporados en los primeros 12 días de mayo no tendrán exoneración. 
 

AL1978

Miembro conocido
A mi, una duda que se me plantea

PREMISA. Salvo que el cliente lo pida, le advierta y no le importe perder las exenciones no voy a sacar todos los trabajadores de una empresa. Si hay un trabajador solo pues porcentaje

DUDA. Conforme al RDL se va promover las reducciones de jornada ...¿Habrá límites? ¿Nos acogemos al 10-70 del RD01483/2012 y RD 8/2020?

Qué opináis?
 

elchuske

Miembro conocido
Estoy mas con Daniel, Es un sinsentido o una mala interpretación. Pero eso si los reincorporados los 12 primeros dias de Mayo no tienen exencion pero los posteriores si. O eso parece.
 

LABOR

Miembro activo
y si se han incorporado a trabajar parcialmente? hay exención respecto a la jornada suspensa?
 

AL1978

Miembro conocido
DANIEL dijo:
Magnífica aportación de Fernando sobre lo que le han comentado en el 901502050
Lo que no quita que sea un sinsentido.  Si tienes 20 trabajadores en ERTE, recuperas 19 y mantienes 1, tienes una exoneraciones brutales pese a que has recuperado casi toda la actividad.  Las mejores "bonificaciones" de la historia.    Pero como recuperes a los 20, nada de exoneraciones.  No digo que no vaya a ser así, digo que es un sinsentido

No es por generar polémica compañeros ni digo que tenga sentido, pero lo que Fernando y un servidor opinamos es que en el caso que planteas si recuperas a los 20 ya no hay ERTE y si recuperas 19 estás en un ERTE PARCIAL según el RD. Otra cosa será y que yo pienso lo mismo es que debiera haber exenciones (al menos las mismas para las que empresas que finalizan el ERTE)
Todo lo demás es pegarnos de frente con un texto a ver que sacamos. El hecho de que para esquivar la medida no mandes el excel verde, no comuniques a la AL el fin de Erte....no cambia la realidad y salvo nuevo criterio de DGT o RDL que enmiende esto es lo que hay.

Tres ERTES me han jodido a mi que se incorporaron el día 12, eso si que tiene pelotas, con perdón
 
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