Al ser poco los detalles, me ha dado la impresión de que podría tratarse de una persona octogenaria al que de manera exabrupta –o casi– se le ha ingresado en un centro geriátrico por un deterioro invalidante. El hecho de que, a pesar de que tener una empleada de hogar para atenderle en su casa, su familia haya tenido que tomar esa decisión, me lleva a pensar que podría ir por ahí el asunto.
Otro hecho que me hace sospechar de su incapacidad, es que se menciona la palabra ‘centro geriátrico’, que no es lo mismo que residencia de ancianos.
En los centros geriátricos se ingresa para ser atendido de dependencias leves, moderadas o graves derivadas de diferentes déficits físicos, cognitivos o a nivel funcional y que necesitan de atención permanente. El personal ha de estar altamente cualificado en gerontología.
Las residencias de ancianos actúan como vivienda, ofreciendo atención sociosanitaria y actividades para fomentar el desarrollo personal del anciano. A veces, un centro acaba convirtiéndose en las dos cosas, pero bueno.
En cuanto a la causa extintiva –como prueba–, debería valer el parte médico y el parte de servicios sociales que le va ‘ayudar’ a ingresar en el geriátrico. Pues, en ellos, no ingresan los ancianos que quieren, sino los que lo necesitan. Aunque, sinceramente, dicha prueba no creo que se solicite por parte de nadie. En este caso.
Los tiempos de preaviso y las formas para llevar a cabo la extinción del contrato, se han de cumplir en todo momento. Eso sin lugar a dudas.