Empiezo el año bien, con una inspección . Me piden de un trabajador "Documentación que acredite los gastos de manutención, estancia y locomoción por los desplazamientos realizados por dicho trabajador desde el 2017"
Al mencionado trabajador lo tuvimos rodando por media España durante los años 2017 y 2018 por diversas obras, lo que significa que estamos hablando de cantidades anuales considerables. Las dietas se declararon a 52,75 con pernocta y a 25,80 sin pernocta. Esa cantidad fue durante el año 2017 y 2018 un poco por encima de la establecida en convenio (2,38 en el 2017 y 1 en el 2018) pero como podéis ver nunca se sobrepasaron los límites exentos.
El convenio de aplicación establece lo siguiente Si por circunstancias especiales, los gastos originados por el desplazamiento sobrepasan el importe de las dietas, el exceso deberá ser abonado por la empresa, previo conocimiento de la misma y posterior justificación por los trabajadores
La verdad es que nunca hemos pedido ningún justificante a los trabajadores de nada, ni tickets de restaurante ni facturas de hoteles ni nada. Tan sólo hacemos un estadillo cada mes en el que se hace constar los días que estuvieron desplazados, la obra en la que estuvieron y el importe abonado cada día en concepto de dietas . Este estadillo lo firman la empresa y el trabajador.
En el oficio me piden que justifique el gasto, no el desplazamiento. Aparte de aportar el estadillo y las facturas emitidas al cliente por las obras¿qué podría enviar?. No sé si llevarlo por el camino de que sólo estamos obligados a justificar el desplazamiento y no el gasto ...El trabajador dice que quizás tenga alguna factura, pero todas que imposible, aunque sí estaría dispuesto a pedir un extracto al banco puesto que casi todo lo pagaba con tarjeta bancaria.
No sé, me da que nos van a crujir. Vaya agobio :-\
Al mencionado trabajador lo tuvimos rodando por media España durante los años 2017 y 2018 por diversas obras, lo que significa que estamos hablando de cantidades anuales considerables. Las dietas se declararon a 52,75 con pernocta y a 25,80 sin pernocta. Esa cantidad fue durante el año 2017 y 2018 un poco por encima de la establecida en convenio (2,38 en el 2017 y 1 en el 2018) pero como podéis ver nunca se sobrepasaron los límites exentos.
El convenio de aplicación establece lo siguiente Si por circunstancias especiales, los gastos originados por el desplazamiento sobrepasan el importe de las dietas, el exceso deberá ser abonado por la empresa, previo conocimiento de la misma y posterior justificación por los trabajadores
La verdad es que nunca hemos pedido ningún justificante a los trabajadores de nada, ni tickets de restaurante ni facturas de hoteles ni nada. Tan sólo hacemos un estadillo cada mes en el que se hace constar los días que estuvieron desplazados, la obra en la que estuvieron y el importe abonado cada día en concepto de dietas . Este estadillo lo firman la empresa y el trabajador.
En el oficio me piden que justifique el gasto, no el desplazamiento. Aparte de aportar el estadillo y las facturas emitidas al cliente por las obras¿qué podría enviar?. No sé si llevarlo por el camino de que sólo estamos obligados a justificar el desplazamiento y no el gasto ...El trabajador dice que quizás tenga alguna factura, pero todas que imposible, aunque sí estaría dispuesto a pedir un extracto al banco puesto que casi todo lo pagaba con tarjeta bancaria.
No sé, me da que nos van a crujir. Vaya agobio :-\