Interpretación articulo_ opinión

MJ1977

Miembro activo
Hola, me gastaría saber vuestra interpretación de un articulo de un convenio, lo pongo abajo, me ha surgido la duda ahora, al cambiar de año, que entendéis que aunque la contingencia venga del año pasado le debo seguir abonando el 90% o como he cambiado de año ya no se lo aplico?

"Las bajas sucesivas sin hospitalización y dentro del mismo año natural, siempre que las mismas superen los 30 días de duración, se abonaran el 90% del salario real a partir del dia 31"
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo entiendo que no, pues te indica unas condiciones concretas para tener derecho:
- Bajas sin hospitalización.
- Dentro del mismo año.
- Y siempre que superen los 30 días de duración.
Por lo que entiendo que si no cumple alguna, no tiene derecho.
A ver que te dicen los compañeros.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
opino "mismo año natural" entiendo que es el que empieza el 1 de enero y acaba el 31 de diciembre........ otra cosa seria por ejemplo "89 días naturales" eso si da igual que pille 2025/2026... y a los convenios hay que atenderlos por su "literalidad"
 
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