BUENAS TARDES:
CREO QUE ES LA PRIMERA VEZ QUE ME PASA. TRABAJADORA DE IT SIN CARENCIA, DONDE SU C.C. INDICA LO SIGUIENTE:
Artículo 31. Incapacidad temporal.
En caso de incapacidad temporal, debidamente acreditada por la Seguridad Social, del personal con derecho a prestaciones económicas,en las situaciones de incapacidad temporal, la empresa garantizará con un límite de doce mensualidades, que el salario bruto del trabajador no sea inferior a los porcentajes siguientes, con arreglo al grupo profesional más los complementos personales que se estén percibiendo inmediatamente antes de iniciarse la incapacidad temporal:
Accidente no laboral o enfermedad común: 100% del salario
bruto a partir del 4º día. Desde el primer día hasta el tercero 60% del
salario bruto mensual.
Independientemente del tiempo que esté en situación de incapacidad temporal, cobrará íntegramente sus pagas extraordinarias.
A VER SI ENTENDEIS LO MISMO QUE YO, AL NO TENER DERECHO A PRESTACIONES ECONÓMICAS, SOLO TENDRIA DERECHO A LAS PAGAS EXTRAS , VERDAD?? QUE OPINAIS??
GRACIAS
CREO QUE ES LA PRIMERA VEZ QUE ME PASA. TRABAJADORA DE IT SIN CARENCIA, DONDE SU C.C. INDICA LO SIGUIENTE:
Artículo 31. Incapacidad temporal.
En caso de incapacidad temporal, debidamente acreditada por la Seguridad Social, del personal con derecho a prestaciones económicas,en las situaciones de incapacidad temporal, la empresa garantizará con un límite de doce mensualidades, que el salario bruto del trabajador no sea inferior a los porcentajes siguientes, con arreglo al grupo profesional más los complementos personales que se estén percibiendo inmediatamente antes de iniciarse la incapacidad temporal:
Accidente no laboral o enfermedad común: 100% del salario
bruto a partir del 4º día. Desde el primer día hasta el tercero 60% del
salario bruto mensual.
Independientemente del tiempo que esté en situación de incapacidad temporal, cobrará íntegramente sus pagas extraordinarias.
A VER SI ENTENDEIS LO MISMO QUE YO, AL NO TENER DERECHO A PRESTACIONES ECONÓMICAS, SOLO TENDRIA DERECHO A LAS PAGAS EXTRAS , VERDAD?? QUE OPINAIS??
GRACIAS