AntonioPA4
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pajarillo dijo:Acabo de hablar con el tlf de información de la seguridad social. Y un funcionario me ha recitado las instrucciones que tienen sobre la jubilación activa plena, y dice que los autónomos societarios SI pueden acceder a la jubilación activa mientras contraten a un trabajador por cuenta ajena por una actividad distinta e independiente de la de la sociedad.
Yo ya no sé qué pensar.
El criterio de julio está aquí http://transparencia.gob.es/servicios-buscador/contenido/normativaconsulta.htm?id=NORMAT_E0014260315190&lang=es&fcAct=2018-09-10T09:46:33.502Z
A nosotros en una charla el 27 de Septiembre, el Director del INSS y de la Tesorería de Castellón nos dijo que en esos casos prima el vínculo societario sobre el de persona física, al igual que de cara a la base de cotización, y que no se podría acceder a la jubilación activa plena.