Jubilación activa

DavidGA

Miembro activo
Buenos días

Para solicitar una jubilación activa de un autónomo que tiene una actividad como persona física y es administrador de una SL y quiere que la empresa continúe, una vez solicite la jubilación y se la concedan, debe darse de baja de autónomo? o sigue pagándolo la cuota de autónomo?

Por otro lado, para cumplir el requisito de "Que se acceda a la pensión con el 100% de la base reguladora" se tiene en cuenta el % por demora y por haber tenido hijos?

Muchas gracias
 

DavidGA

Miembro activo
Buenos días

En jubilaciones activas, el criterio de TGSS y la doctrina judicial mayoritaria, incluida TS, es que lo de cobrar el 100% es solo es para autónomos, empresarios individuales con empleados, no para autónomos societarios

Dado que este autónomo tiene una actividad como persona física y es además administrador de una SL desde 2017 y tiene 2 personas contratadas desde hace tiempo en la actividad como persona física y 1 persona contratada en la SL.

Bajo mi punto de vista cumple con el requisito del Art 214 LGSS, de actividad realizada por cuenta propia (persona física) con persona contratada en esa actividad y relacionada directamente con su actividad.

¿Creéis que la seguridad social podría denegar el 100% por ser también autónomo societario en este caso? o es indiferente que además ser autónomo societario?

No se si habéis tenido alguien algún caso de estos.

Muchas gracias
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo tengo dos casos y perciben el 100%. Bueno, uno lo estuvo hasta hace poco, porque dejó el negocio que tenía como persona física, se comunicó al INSS y este le rebajó la pensión al 50%.
Esto me respondieron en septiembre del 2020.
1726479216082.png
 
Arriba