Hola! pues ese es el asunto: en una sociedad civil (podría ser igual una CB pero como aportan trabajo, no bienes...y les obligaron a presentar I.Sociedades..) las dos únicas socias/trabajadoras y autónomas se van a jubilar. La actividad va a cesar, cierran totalmente (es una escuela de piano)
Rescisión de los contratos de las dos empleadas que tienen: ¿deben indemnizar con un mes por jubilación del autónomo? o ¿[y mueren] deben ir a extinción por causas objetivas y palmar 20 dias/año?
Rescisión de los contratos de las dos empleadas que tienen: ¿deben indemnizar con un mes por jubilación del autónomo? o ¿[y mueren] deben ir a extinción por causas objetivas y palmar 20 dias/año?