JUBILACION ACTIVA

GARCIA78

Miembro activo
Buenas tardes,

No me aclaro. A ver si me podéis dar luz en este caso.

Un autónomo activo quiere pasar a jubilación activa.

Uno de los requisitos es que el acceso a la pensión debe tener lugar al menos un año después de haber cumplido la edad de jubilación.

Este autónomo cumple 37 años y 9 meses de cotización en septiembre de 2023 con 66 años justos, por lo que podría pasar a jubilación ordinaria en septiembre con 66 años.

Entonces, mi pregunta es: ¿cuándo cumple el requisito de “tener lugar al menos un año después de haber cumplido la edad de jubilación”?.

Lo cumple directamente en septiembre 2023 porque ya tiene 37 años y nueve meses cotizados, requisito para jubilare a los 65 y tiene 66?

O lo cumple en septiembre de 2024 a los 67, un año después de haber cumplido su requisito de jubilación por cotización/edad?

Espero haberme explicado.



Un saludo y gracias.
 

Bruma

Miembro activo
Pues la pregunta no es ninguna tontería, al menos para mí, porque a ver, con 37 +9 se puede jubilar a los 65, pero dado que tendrá 66 ¿eso implica que ha transcurrido un año desde que se pudo jubilar (con el 100%, claro, para poder optar a la jubilación activa), pues diría que no, diría que el requisito se cumplirá en septiembre y que a partir de ahí habrá de esperar un año. Creo que lo mejor es que hagas la consulta al INSS salvo que algún compañero lo sepa.
 

PEDRO

Miembro conocido
No soy un especialista y como bien te dice Bruma consúltalo con el INSS. Pero yo entiendo que puedes acceder una vez transcurrido el año en que pudiste acceder a tu jubilación cumpliendo con todos los requisitos.
Si el Sr en septiembre puede acceder a su jubilación tiene que esperar un año.
Art. 214 de la LGSS.
El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar al menos un año después de haber cumplido la edad que en cada caso resulte de aplicación, según lo establecido en el artículo 205.1.a), sin que, a tales efectos, sean admisibles jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación al interesado.
 

GARCIA78

Miembro activo
Gracias por las respuestas.

Yo también lo interpreto así. Que tendría que esperar un año, a septiembre 2024.
Hice consulta al INSS a ver que dicen...
Os cuento cuando me contesten.

Gracias de nuevo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Tu piensa que lo primero es que la persona cumpla con los requisitos para acceder a la pensión de jubilación ordinaria, no vale anticipada ni tampoco que la persona si tenga la edad pero no la cotización al 100%. Un una vez esto tiene que esperar un año para acceder a la misma.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Claro: si puede jubilarse a los 65 por cotización, puede pedir la activa a los 66. No lo veo complicado.
 

GARCIA78

Miembro activo
Claro: si puede jubilarse a los 65 por cotización, puede pedir la activa a los 66. No lo veo complicado.
El no puede, ó mejor dicho, pudo jubilarse a los 65. Se puede jubilar ordinariamente a los 66 años este septiembre de 2023 porque cumplirá los 37 años y 9 meses cotizados y no hace falta que espere a los 66 años y cuatro meses.

El tema está en que si tiene que esperar un año más, septiembre de 2024 con 67 años ó puede optar a la jubilación activa este mismo septiembre de 2023 al tener 37 años y 9 meses cotizados, y ser la edad de jubilación posible la 65 años con esa cotización de 37 años y 9 meses.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Así es: al año de cumplir la edad ordinaria de jubilación, que en su caso eran los 65 por las cotizaciones que tenía.
 

GARCIA78

Miembro activo
Así es: al año de cumplir la edad ordinaria de jubilación, que en su caso eran los 65 por las cotizaciones que tenía.
Hola de nuevo,
Creo que no me explico bien o no te entiendo, discúlpame.

El a los 65 años no tenia la cotización necesaria para poder jubilarse.

El puede jubilarse este próximo septiembre de 2023 que cumplirá 66 y que coincide que cumple 37 años y 9 meses de cotización.

Por tanto, mi duda es:
Se tiene que esperar a los 67 años que tendrá en septiembre de 2024 y esperar un año desde que se puede jubilar ordinariamente, ó puede pasar a jubilación activa este mismo septiembre de 2023 que tiene la cotización necesaria para que la gente(no el) pueda jubilarse a los 65 años?
 

jcg73

Miembro activo
Se me plantea la siguiente cuestión, sirve para un autónomo la jubilación activa al 100% manteniendo en plantilla un fijo discontinuo???
 

Bruma

Miembro activo
Vaya, pues no me había planteado esta posibilidad para los jubilados activos.

Os planteo una determinada situación. Jubilado activo que está de baja por IT, su empleado tiene solo una hora semanal de trabajo, pero dada la IT del patrón necesita incrementar el servicio para el mes de julio, por la cantidad de trabajo a realizar. No sé qué solución aconsejarle, si transformar el indefinido de una hora semanal a jornada concentrada del resto del año en el mes de julio, o tal vez en FD. ¿Cómo lo veis?
 
Arriba