Jubilacion empresario

N

Nana

Guest
Buenos dias

tengo un empresario (con trabajadores a cargo) que se quiere jubilar en el mes de noviembre, por lo que estoy realizando las cartas de preaviso pero me asalta una duda, el dueño del local donde está le ha avisado de que el ultimo día que puede estar ahí es el 12 de noviembre, no sé como proceder a tramitar la jubilación, ya que (salvo que este equivocada) entiendo que para que todo sea correcto de cara a la extinción de los trabajadores por causa de ésta jubilación el empresario debe tener la resolución del INSS ¿no? Y claro, para tramitar la jubilacion debo darle de baja en RETA, pero no puedo finalizar la actividad hasta el ultimo día  :eek:

No sé si me he explicado bien o tengo tal cacao que lo he liado mas  :-[

Gracias por vuestra ayuda  :)
PD: en el INSS me derivan a TGSS, de TGSS al INSS, ayy, que pescadilla más molona  ;D
 

Ro

Miembro activo
Si el empresario ya tiene la edad se puede dar de baja el día 12 solo que efectos en seg.social será el 30 ( mes completo) y por lo tanto jubilación el 1 de diciembre.
Dependiendo de los años que tenga y cotización a lo mejor se podría jubilar a 31 de octubre y cierre de empresa. No es necesario tener la resolución del inss siempre tienen 20 días hábiles para reclamar en caso bde duda los trabajadores y en ese período tendrás la resolución. Otra solución solicitarla antes puedes hasta tres meses aunque loa efectos siempre serán del primer día del mes siguiente al cese de actividad val ser autónomo.
 
Arriba