ley emprendedores

PEPELX

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me han enviado un mail en que me dicen que el autonomo reducido este de los 50 euros es aplicable a todos los autónomos que se den de alta desde el 01/01/2013 INDEPENDIENTEMENTE DE LA EDAD.

No encuentro ley por ningún sitio...sabeis algo de esto???

Gracias mil
 

leguleyo

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Hasta que salga el BOE correspondiente (dicen que en septiembre), yo prefiero no decir nada... El "boe de los periódicos" me da más miedo que un nublao...
 

camelgom

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Anda yo creía que esto era un corrillo solo por mi zona. Pero veo que a todos os dan la lata con lo mismo...
 

ikosta

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He leido que estas bonificaciones no son aplicables a aquellos autónomos que sean Administradores de Sociedades, pero que este requisito no sale en la Orden, sinó en una circular interna de la Seguridad Social. ¿ Esto es posible ?
Por cierto, se rumorea que la publicación de la ampliación a los mayores de 30 años será el 17 o 18 de este mes.
 

ikosta

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Primero pedir disculpas por ser tan insistente en este tema, y agradecer vuestra paciencia, pero cuanto mas información intento recabar, mas contradictorias són las respuestas que me dan:

El tema es el siguiente:

Se quiere constituir una  SCP (un restaurante) con tres socios trabajadores, dos ya son autónomos y uno se quiere dar de alta con la nueva tarifa plana. Los tres serán administradores solidarios.
Si las expectativas se cumplen se tiene previsto contratar uno o dos trabajadores  (en el CCC de la  SCP).

¿Tiene el trabajador derecho a esta tarifa plana?, en caso afirmativo, ¿perderá el trabajador la bonificación en el momento que la SCP contrate algún trabajador?.

Gracias
 

aprendiz

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Veamos el criterio oficial de la Tesorería:

ASUNTO: Sobre la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 1 del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, para jóvenes trabajadores por cuenta propia, cuando ostentan la condición de socios.

INFORME: Pueden aplicarse dichos beneficios en la cotización a los socios de sociedades cooperativas, miembros de comunidades de bienes, socios de sociedad civil, socios de sociedades regulares colectivas y los socios colectivos de compañías comanditarias, siempre que reúnan los demás requisitos previstos para aplicación de dichos beneficios.
Por el contrario, no resultan de aplicación dichos beneficios a los socios de sociedades de capital.



Mi opinión particular sobre el caso concreto que citas es que a los Socios Administradores de Sociedades Civiles les debe ser de aplicación el beneficio al reunir la condición de socios. Sin ser perjudicados por la posible contratación de trabajadores por la sociedad civil.

Por un lado hay que considerar que los socios de las sociedad civiles tienen una responsabilidad ilimitada respecto a las deudas de la sociedad. Lo cual se aproxima más al concepto de autónomo individual que se entiende que es el objetivo de estas bonificaciones.

Por otro lado al tener personalidad jurídica distinta el socio y la sociedad civil, los contratos de trabajo que firme la sociedad responden ante ésta que es quien los formaliza. Por lo que entiendo que no deben achacarse al autónomo para disminuirle las bonificaciones.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.
 

leguleyo

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Buen apunte aprendiz. A ver si es verdad que las reducciones son con efecto retroactivo, que yo me di de alta en junio  ;D
 

ikosta

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ikosta dijo:
He leido que estas bonificaciones no son aplicables a aquellos autónomos que sean Administradores de Sociedades, pero que este requisito no sale en la Orden, sinó en una circular interna de la Seguridad Social. ¿ Esto es posible ?
Por cierto, se rumorea que la publicación de la ampliación a los mayores de 30 años será el 17 o 18 de este mes.

Pues ni el 17 ni el 18, ¿sabeis algo de cuando se publicará en el BOE?
 

Sergei

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Un compañero me ha comentado que por la radio han dicho que hoy lo votan en el congreso.... Vete a saber si es fiable o otro periodista que no se entera.
Qué triste que tengamos que ir como "radio macuto"
 

leguleyo

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http://www.europapress.es/economia/macroeconomia-00338/noticia-ley-emprendedores-pasa-hoy-ultimo-tramite-parlamentario-antes-entrar-vigor-20130919080412.html

Al final ya veréis como tarifa barata sin límite de edad no pondrán...
 

fundación

Miembro conocido
http://www.cadenaser.com/economia/articulo/seguridad-social-retira-retroactivamente-ayudas-autonomos-societarios/csrcsrpor/20130918csrcsreco_1/Tes
 

leguleyo

Nuevo miembro
Sin ser experto en Administrativo, y partiendo de la base que los importes de las bonificaciones quizás hagan no rentable pleitear... ¿No pensáis que esto sería ganable? Coño, excluyélos en la ley y si no lo has hecho pues a aguantarte, legislador...
 

javier

Miembro
El RDL 4/2013 y la posterior Ley 11/2013, establece los trabajadores a los que afectan los beneficios en la cotización y habla de trabajadores autónomos y ademas de socios de cooperativos de trabajo asociado, luego no incluye a los socios de sociedades mercantiles capitales por lo tanto.... lo que no esta expresamente incluido como lo anteriores, se supone que esta excluido.

Al menos esa es la Tesis de Tesorería.

En cuanto a los familiares, la realidad es que la norma se define como dirigida a los emprendedores, por lo que cabe entender y asi lo hace tambien la administración que se traten de nuevas actividades, no de inclusión en actividades existentes.

Tampoco tendría mucha lógica dado como estan las cuentas de la Seguridad Social, que los familiares de los autónomos paguen únicamente 0,86 €

De todas formas nuestors legisladores, no lo podrían hacer mas farrogoso aunque se lo propusieran
 
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