ley emprendedores

Sergei

Miembro conocido
Perdona Javier, me he perdido...
A qué te refieres con pagar solo 0'86 € los familiares colaboradores?
 

javier

Miembro
Si como inicialmente se hizo, bonificaciones establecidas en el RDL 4/2013 se compatabilizan con las existentes para los colaboradores familiares, la cuota resultante para bases mínimas es 0,86€

Al parecer el criterio inicial fue compatibilizar ambas bonificaciones/reducciones y se giraron cuotas por esos importes, en julio se dio marcha atras y solo son aplicables las de familiares colaboradores y no las de las del RDL
 

jcg73

Miembro activo
Gracias leguleyo,

al final lo clavaste: antes de octubre,

a empollar toca,,,,,(empezaremos por las páginas 78834-78836) ,,,
 

leguleyo

Nuevo miembro
Me la he leído por encima y vaya, aparte de 3-4 cosas, no creo que esto genere mucho empleo...

Lo que me hace más gracia lo del Empresario de Responsabilidad Limitada. Para que no te embarguen la casa (inciso, si la deuda es con la Administración sí te la pueden embargar), tienes que llevar cuentas anuales al registro, y entonces entiendo que hacer contabilidad normal. Quieres protección? Pues toma papeleo extra.
 

jcg73

Miembro activo
Entiendo que las reducciones de cuotas a autonomos, se aplica incluso a administradores de sociedades de nueva creacion mientras no tengan trabajadores contratados, no??
 

javier

Miembro
La redaccion de la norma es igual que la anterior, por lo que no es de aplicación a los socios de sociedades mercantiles capitalistas
 

jcg73

Miembro activo
Sí está claro que son sólo 18 meses, pero mi pregunta es sí todos estáis de acuerdo con Javier, en que no se aplica la reducción a socios y administradores con control efectivo de SA y SL que no tengan empleados???
 

jcg73

Miembro activo
Entonces si se dan de alta inicialmente como empresarios personas físicas, tendrán la reducción, de acuerdo, supongamos que  posteriormente, además de autónomos personas físicas crean una sociedad limitada varios autónomos, la tesorería les anulará dicha reducción??
 

depaula

Nuevo miembro
En Málaga menores de 30 años que hayan podido beneficiarse de las bonificaciones a autonomos en total 900, estadisticas oficiales.

Según estoy leyendo para benficiarse de ellas si son mayores de 30, según esta nueva ley, varios requisitos o pegas llamadlo como querais:

1. Que no haya sido autonomo nunca o al menos en los últimos 5 años.
2. Que no sean autonomos socios de una SL o SA.
3. Que no contraten trabajadores, eso es muy malo.

A mi me parece que ya está bien de cachondearse de la gente de este pais. Esto no hay quien lo aguante.

PD. No se si llegaremos a los 900
 

leguleyo

Nuevo miembro
jcg73 dijo:
Entonces si se dan de alta inicialmente como empresarios personas físicas, tendrán la reducción, de acuerdo, supongamos que  posteriormente, además de autónomos personas físicas crean una sociedad limitada varios autónomos, la tesorería les anulará dicha reducción??

Sí.
 

jcg73

Miembro activo
Pues menudo incentivo, sobretodo el de perder la reducción si contratan trabajadores, eso es INCENTIVAR el empleo......
 

Ro

Miembro activo
Los que hacen estas leyes deberían pisar un poquito más el suelo y no estar en las nubes sacando leyes a tutiplén, para adelante y para atrás nos vuelven locos..además siempre hacen una mezcla que es flipante, podrían sacar una normativa laboral íntegra, otra fiscal, etc.. y no hacer esa mezcla tan caótica... Flipante una vez más.:(
 

aprendiz

Miembro
Ro dijo:
Los que hacen estas leyes deberían pisar un poquito más el suelo y no estar en las nubes sacando leyes a tutiplén, para adelante y para atrás nos vuelven locos..además siempre hacen una mezcla que es flipante, podrían sacar una normativa laboral íntegra, otra fiscal, etc.. y no hacer esa mezcla tan caótica... Flipante una vez más.:(

No creo que les interese pisar el suelo, ya que les sería una pérdida de tiempo y nadie les va a hacer cambiar en sus convicciones: por ejemplo, si abaratas el despido es para crear empleo. Si bajas el poder adquisitivo de los trabajadores es para reactivar la economía. Y si falla, ahí tenemos a la Virgen del Rocío siempre dispuesta a echar un capote. Que supongo que estará echando muchos dado que van a seguir en el gobierno.

Así que visto lo visto, mi opinión es que no les interesa incentivar el empleo (cuestión arriesgada que obliga a pagar salarios aunque sean de miseria), sino más bien lo que pretenden incentivar es el autoempleo: Hágase usted autónomo hombre! y deje de ser un desempleado! Por sólo 50 euros al mes! Por el módico precio de un café puede ser usted un empresario emprendedor! No pierda la ocasión!    ;D ;D ;D

Un saludo.
 

lubo

Miembro
aprendiz dijo:
Veamos el criterio oficial de la Tesorería:

ASUNTO: Sobre la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 1 del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, para jóvenes trabajadores por cuenta propia, cuando ostentan la condición de socios.

INFORME: Pueden aplicarse dichos beneficios en la cotización a los socios de sociedades cooperativas, miembros de comunidades de bienes, socios de sociedad civil, socios de sociedades regulares colectivas y los socios colectivos de compañías comanditarias, siempre que reúnan los demás requisitos previstos para aplicación de dichos beneficios.
Por el contrario, no resultan de aplicación dichos beneficios a los socios de sociedades de capital.



Mi opinión particular sobre el caso concreto que citas es que a los Socios Administradores de Sociedades Civiles les debe ser de aplicación el beneficio al reunir la condición de socios. Sin ser perjudicados por la posible contratación de trabajadores por la sociedad civil.

Por un lado hay que considerar que los socios de las sociedad civiles tienen una responsabilidad ilimitada respecto a las deudas de la sociedad. Lo cual se aproxima más al concepto de autónomo individual que se entiende que es el objetivo de estas bonificaciones.

Por otro lado al tener personalidad jurídica distinta el socio y la sociedad civil, los contratos de trabajo que firme la sociedad responden ante ésta que es quien los formaliza. Por lo que entiendo que no deben achacarse al autónomo para disminuirle las bonificaciones.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.
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Perdonad, ¿este informe que hacía referencia Aprendiz donde lo puedo localizar?

Estoy con el tema de la bonificación a cuestas ....

Gracias
 
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