LLAMAMIENTO FD

toni

Miembro conocido
A ser posible por escrito, pero cualquier medio que deje constancia del llamamiento es valido.

Y si no vas a efectuar el llamamiento, es recomendable que lo comuniques por escrito a los afectados justificando las circunstancias (baja demanda, poca actividad, etc.). De esta forma, podrás llamarlos en el futuro y no se considerará que existe un despido improcedente por falta de llamamiento.

Aqui el compañero @Cachilipox lo explica muy bien:

 

Anavale

Miembro activo
A ser posible por escrito, pero cualquier medio que deje constancia del llamamiento es valido.

Y si no vas a efectuar el llamamiento, es recomendable que lo comuniques por escrito a los afectados justificando las circunstancias (baja demanda, poca actividad, etc.). De esta forma, podrás llamarlos en el futuro y no se considerará que existe un despido improcedente por falta de llamamiento.

Aqui el compañero @Cachilipox lo explica muy bien:

muchas gracias. El escrito de llamamiento al trabajador entiendo que no hay fecha "estipulada". Pero el registro del llamamiento en el SEPE? hay algún plazo? gracias!
 

toni

Miembro conocido
muchas gracias. El escrito de llamamiento al trabajador entiendo que no hay fecha "estipulada". Pero el registro del llamamiento en el SEPE? hay algún plazo? gracias!
Yo suelo hacerlo el dia anterior, incluso el mismo dia.
 
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