EL NOMINAS
Miembro activo
Aún recuerdo, va para unos cinco años, cuando impusieron los ficheros CRA como siempre de hoy para ayer, y enviaron un comunicado diciendo que no nos agobiáramos tanto que los ficheros CRA eran meramente informativos. Comunicado de TGSS recibido hoy....
"Buenos días.
En relación con el procedimiento más arriba identificado se le informa lo siguiente:
No responda a este correo ya que la dirección no tiene implementada funcionalidad de entrada de mensajes.
Un saludo."
Datos del procedimiento | Envío de ficheros CRA (Conceptos Retributivos Abonados) |
Normativa aplicable | Art. 147.3 del Texto Refundido de la Ley General Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015. |
Plazo para cumplimiento | Hasta el penúltimo día de cada mes. |
Incumplimiento | Infracción grave. Art. 22.1 LISOS, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2020. Comunicación a Inspección de Trabajo y Seguridad Social. |
"Buenos días.
En relación con el procedimiento más arriba identificado se le informa lo siguiente:
- Recibe esta comunicación, como autorizado al Sistema RED, por el nuevo establecimiento del objetivo de comunicación de los conceptos retributivos abonados (CRA) que despliega TGSS, en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).
- Se le recuerda que la obligación de envío en el plazo finaliza el penúltimo día de cada mes, si bien, se recomienda se realice lo antes posible, sin necesidad de esperar a la presentación de las liquidaciones de cuotas de la Seguridad Social bajo el Sistema de Liquidación Directa -SLD o RED Directo-.
- La falta de cumplimiento de la comunicación o la realización fuera de plazo de esta dará lugar a la comunicación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).
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Un saludo."