Modelo 345 modificar año 2024

Carlos80

Miembro activo
Buenos días,

quiero cambiar el modelo 345 y añadir la cuota de diciembre 2024 que se pagó en enero 2025 y al hacer el modelo el año pasado no salió.

¿Alguno de vosotros lo habéis hecho ?
Lo tengo que hacer desde la página de la aeat y no sé si pinchar en :Baja de declaración por Sustitución y darle de baja y luego hacer una de nuevo otra vez.
¿Al hacer la nueva hay que poner alguna referencia que se sustituye a la anterior? (Desde la página de la aeat no encuentro nada para ponerlo)

Luego también veo otra opción: Consulta y modificación registros de detalle , si pincho ahí sale :
  1. Existe una sesión de trabajo para el declarante con NIF =
  2. Ya consta una declaración presentada en su nombre para este modelo y ejercicio. A través del siguiente formulario puede hacer las modificaciones que considere oportunas (baja, modificación y alta de registros).Al finalizar la presentación podrá visualizar la información final resultante de estas modificaciones, así como la fecha de presentación de la información suministrada.

Cargar la sesión de trabajo del 28/01/2025

Cargar la declaración presentada el 28-01-2025 19:37:07

Crear una nueva declaración (si se presenta implica el borrado de toda información previamente presentada)

¿Se puede MODIFICAR TAMBIÉN ESE MODELO Y NO HACE FALTA DARLE DE BAJA Y HACER UNO NUEVO
?

Si alguno ya ha hecho esto alguna vez y me puede orientar, se lo agradecería

Un saludo.
 

elchuske. clases pasivas

Miembro conocido
El 345 no va a misa. Si sale algo de un año para otro nunca he rectificado el 345, Lo meto en el año del que tengo conocimiento y nunca me han dicho nada AEAT. Unos años se compensaran con otro. En tu caso lo metes en el 2025 y a correr. Salvo mejor opinion.
 

Carlos80

Miembro activo
Es que hemos recibido este año por el tema de las plan de pensiones de vidacaixa esto de la AEAT

Por tanto, las contribuciones del mes de diciembre 2024 imputadas como rendimiento de trabajo del propio mes de diciembre, deberán incluirse en el modelo 345 de 2024.
Si como consecuencia de lo anterior tiene que modificar el modelo 345 presentado, deberá presentar una declaración sustitutiva.


y es por si alguno ha hecho alguna vez una sustitutiva, ¿Si primero ha dado de baja la primera y luego hace la segunda y no pone ningún número de referencia o si se puede simplemente modificarla desde la página de la aeat?

Muchas gracias
 

jotas

Miembro
Yo también tengo dos casos como ese, de que al enviar el modelo 345 2024 en el certificado de vidacaixa en el archivo txt, no salió la cantidad del mes de diciembre 2024 pagada en enero 2025.

Pero si se hace ahora una sustitutiva, al hacerlo fuera de plazo, ¿llevará una sanción? ¿Aunque se reciba el aviso de la AEAT?
 

Dsoleil

Miembro
La nota de la aeat de 21/03/25 dice "Si como consecuencia de lo anterior tiene que modificar el modelo 345 presentado, deberá presentar una declaración sustitutiva. Se tendrá en consideración que la publicación de esta Nota se ha realizado una vez finalizado el plazo de presentación de la declaración informativa."

Creo que lo correcto sería modificarlo a través de Baja de declaración por Sustitución, al menos para evitar la sanción, siguiendo estrictamente sus instrucciones.
Mi duda es si a día de hoy, casi un año después de publicar esa nota, seguirán manteniendo esa "consideración" de no poner sanción. ¿Alguna experencia?

Para los que tenéis muchos registros, al parecer desde vidacaixa pueden enviarte un txt sustitutivo, por lo que he podido leer en su web:
  • La contribución realizada el mes de enero 2025 para los casos que se solicitó de forma expresa a VidaCaixa el M345 sustitutivo con información fiscal del 2024 tras la Nota de la AEAT del 21/03/2025.
 

jotas

Miembro
Dsoleil, pero el tema,que aunque desde vidacaixa tenga un txt sustitutivo o si se hace de forma manual , si se hace ahora fuera de plazo esa sustitutiva , lo lógico es que suponga sanción. Por eso como dices, si alguno controla el tema y ya lo ha hecho si sabe si sancion o no-

Gracias.
 

Dsoleil

Miembro
De la nota de la aeat, se entiende que cuando dicen: "Se tendrá en consideración que la publicación de esta Nota se ha realizado una vez finalizado el plazo de presentación de la declaración informativa", es porque no pondrán sanción. Lo que no indican es por cuánto tiempo..
 

yujurl

Miembro conocido
La nota la sacaron en febrero marzo del año pasado. Creo que si lo cambias ahora si podría haber sanción.
 
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