Modificación Real Decreto 625/2014 sobre Incapacidad Temporal

toni

Miembro conocido
El Consejo de Ministros del pasado 27/12/2022 ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

Mediante un real decreto (pendiente de publicación en el BOE) se introducirán cambios en determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (IT) en los primeros 365 días de su duración, con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud.

Así, en lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, solo se entregará una copia a la persona trabajadora; se elimina tanto la segunda copia, como la obligación a la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua. La comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.

Además, se aclara que, en los procesos de IT, los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la mutua podrán fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados en el Real Decreto, en función de la evolución del proceso. Se trata así de evitar dudas interpretativas propiciadas por la redacción actual de la norma.



Lo que comento mas arriba, el problema no es del INSS, ni de la TGSS, el problema es de los SPS de cada comunidad que tarden mas o menos en comunicar los procesos, pero si estos ser ponen las pilas en cuanto a comunicaciones, creo que el sistema funcionara.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno, lo que deben saber los trabajadores es que no tener la obligación de dar el parte no implica que no deban avisar, y obviamente, cumplir con las fechas de la baja. Y deben tener claro que no reincorporarse a tiempo, mentir en los periodos de baja-alta etc incurrirá en falta muy grave (transgresión de la buena fe contractual y ausencia injustificada). Lo importante esq que tarde o temprano nosotros sabremos si ha mentido o no. A mi como justifiquen a la empresa que no han ido a trabajar me importa poco, no es mi problema la verdad, y suficiente tenemos con lo nuestro para preocuparse por esto...

Esto no quita que yo vaya a seguir pidiendo los partes, si el trabajador no quiere darlos porque hay datos suyos sensibles pues vale, pero a la mayoria les da lo mismo...
No se trata simplemente de que les dé lo mismo, se trata de que es una información que, además de no estar justificada su obtención por parte de la empres, mientras tengas ese papelito con información sensible sobre datos de salud debes aplicar medidas de seguridad de las más altas.
Probablemente puedas tenerlos todos en un saco y nunca pase nada, pero, eso, que teóricamente es información sensible y hay que aplicar las pautas necesarias para su custodia,. además de no estar la empresa autorizada a disponer de la misma.
Si eliminas ese corro o destruyes (de forma segura) de forma inmediata ese parte... bueno.
 

Inma.2

Miembro conocido
El Consejo de Ministros del pasado 27/12/2022 ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

Mediante un real decreto (pendiente de publicación en el BOE) se introducirán cambios en determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (IT) en los primeros 365 días de su duración, con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud.

Así, en lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, solo se entregará una copia a la persona trabajadora; se elimina tanto la segunda copia, como la obligación a la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua. La comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.

Además, se aclara que, en los procesos de IT, los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la mutua podrán fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados en el Real Decreto, en función de la evolución del proceso. Se trata así de evitar dudas interpretativas propiciadas por la redacción actual de la norma.



Lo que comento mas arriba, el problema no es del INSS, ni de la TGSS, el problema es de los SPS de cada comunidad que tarden mas o menos en comunicar los procesos, pero si estos ser ponen las pilas en cuanto a comunicaciones, creo que el sistema funcionara.

"La comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática,"
entonces nosotros ya no tendremos la obligación de enviar los partes por Sistema Red??? :unsure:
 

MiriamSR

Miembro conocido
A mi eso me parece la última hoja que le dan a los trabajadores, desde hace un par de años, cuando les emiten el parte de baja. Con un formato distinto al que yo estoy acostumbrada (entiendo que esto irá por Comunidades).
La verdad que no he entendido nunca porque les dan esta hoja a los trabajadores para que nos las hagan llegar (eso si que es ahorrar en papel!), cuando son datos que debemos ya rellenar telemáticamente.
 

DANI ML

Miembro conocido
A mi eso me parece la última hoja que le dan a los trabajadores, desde hace un par de años, cuando les emiten el parte de baja. Con un formato distinto al que yo estoy acostumbrada (entiendo que esto irá por Comunidades).
La verdad que no he entendido nunca porque les dan esta hoja a los trabajadores para que nos las hagan llegar (eso si que es ahorrar en papel!), cuando son datos que debemos ya rellenar telemáticamente.
Coincido pleeeeeenamente
 

anuskillas

Miembro conocido
La administración esta externalizando sus servicios a través de las asesorías, gestorías y demás. Creo deberíamos de reclamar que nos pagasen por esos servicios que ofrece la administración pero realizamos nosotros.
Me estoy acordando de aquellos maravillosos años en los que me llegaban los regalitos de fin de año de las mutuas. Que bien recibidos. COMO HEMOS CAMBIADO.( Ya lo cantaba Sole Jimenez)
 

pajarillo

Miembro conocido
Yo estoy ya enviando circulares avisando a las empresas de que se suscriban a las notificaciones de sus mutuas respectivas. Es la única solución que le veo al tema.
 

BELEN

Miembro conocido
Yo estoy ya enviando circulares avisando a las empresas de que se suscriban a las notificaciones de sus mutuas respectivas. Es la única solución que le veo al tema.
Pero Pajarillo, al menos a mi la información de la Mutua me llega cuando yo ya he tramitado los partes.... entonces no me sirve que ellos la reciban también, a toro pasado, a veces muuuy pasado.
 

pajarillo

Miembro conocido
Pero Pajarillo, al menos a mi la información de la Mutua me llega cuando yo ya he tramitado los partes.... entonces no me sirve que ellos la reciban también, a toro pasado, a veces muuuy pasado.
El fin de que la empresa sea notificada respecto de los procesos de IT no más que ese, que la empresa conozca los procesos, de lo contrario, va a recurrir a mí cada vez que un trabajador cause baja o alta.

Por otro lado, en nuestro caso, las notificaciones de las mutuas son muy rápidas, supongo que van casi parejas al FIE.

Por cierto, tampoco veo rastro en el decreto sobre los parte de confirmación, así que supongo que van por el mismo camino.
 

BELEN

Miembro conocido
No quedará más remedio, otra vez, que acostumbrarse a hacer el trabajo de terceros, llámese administración o llámese trabajador 😡
 
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