Buenos días, a ver si podéis ayudarme, voy a contratar a la mujer de un socio que tiene en la sociedad el 40% y es administrador solidario. Entiendo que tiene que ir a autónomos pero al ir a realizar el alta, la seguridad social da un mensaje que dice "los familiares hasta segundo grado de las sociedades mercantiles capitalistas con los que conviven, que tienen una participación social del 50% o superior, deben solicitar su alta en el este régimen (disposición adicional vigésimo séptima de la Ley General de la Seguridad Social)".
En mi caso el socio tiene un 40% por eso me hace dudar, si va al RETA o al RGeneral.
Muchas gracias.
En mi caso el socio tiene un 40% por eso me hace dudar, si va al RETA o al RGeneral.
Muchas gracias.