NOTA INFORMATIVA TGSS

Buenos días:
De este asunto lo que sé es que algún compañero laboral ya ha recibido sanción de 70 euros como infracción leve por hacer variaciones fuera de los tres días reglamentarios pero antes de que se cerrara la liquidación correspondiente. Es decir, son tres días para las variaciones, si haces un movimiento después de ese plazo, aunque se pueda hacer, sancionan.

La verdad es que la redacción del boletín red de diciembre fue un poco ambigua (primero que amplían plazos pero que si se hace fuera de los tres días, esta fuera de plazo) y parece que la finalidad a partir de ahora es recaudar y recaudar.
Entiendo que de las variaciones de los ertes no sancionen, yo al menos no recuerdo haber leído esta trampa que han publicado en diciembre, porque en algunos casos técnicamente el programa de seguridad social no estaba habilitado para ello, pero es que si en el 2023 te llega una sanción por este tipo, ¿qué haces? te pones a buscar porque se hizo así tres años después para ver si la quitan?

Es tremendo, yo entiendo que intenten exigir que se cumplan los plazos, pero por otra parte entiendo que en la mayoría de las situaciones si no se cumplen es por causas ajenas a nuestra voluntad (retrasos en las comunicaciones del INSS....) y aunque fuera un error administrativo nuestro, que puede ser porque todos somos humanos (bueno al parecer la seguridad social ya es un robot y no se equivoca) también hay que pagarlo?, y siempre lo pagamos los mismos. En fin, esto parece que va a seguir cambiando y a peor.

Un saludo.
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo tuve tres casos de variaciones, en el lapso de tiempo en que creíamos que se podían hacer sin consecuencias. No fue fallo mío. La empresa me dijo que hacía varias semanas que había variado la jornada, de tres trabajadores, y si se podía cambiar. Les dije, "pues mira, resulta que este mes de manera excepcional sí se puede". Se hizo, y ya se sabe, un tiempo después llega la nota de que aunque se pudiera, está fuera de plazo. Cuando llegue la sanción, se la haré pagar a la empresa sin pestañear
 

BELEN

Miembro conocido
Pues yo he presentado el día 10 como 15 cambios de grupo de cotización con fecha de efectos del día 1/02:les han subido de categoría y ni corta no perezosa teniendo en cuenta los supuestos nuevos plazos. Sólo faltaba que sancionaran por esto (ninguno está en bases mínimas ni maximas) ¡¡¡ 1050 pavos???!!!
 

MarLo

Miembro conocido
70 euros por errores administrativos... qué cabrones son... !! es el precio que tiene ahora corregir un error!
 

fundación

Miembro conocido
Pues yo he presentado el día 10 como 15 cambios de grupo de cotización con fecha de efectos del día 1/02:les han subido de categoría y ni corta no perezosa teniendo en cuenta los supuestos nuevos plazos. Sólo faltaba que sancionaran por esto (ninguno está en bases mínimas ni maximas) ¡¡¡ 1050 pavos???!!!

Pues mira, yo tengo un cambio GC pendiente del 01/02 para marzo porque recibí información el día 7, y no quise arriesgar.
 

toni

Miembro conocido
Pues mira, yo tengo un cambio GC pendiente del 01/02 para marzo porque recibí información el día 7, y no quise arriesgar.
Yo hago lo mismo si es un GC a mitad de mes, no afecta para nada ni en afiliacion ni cotizacion y no me la juego, lo dejo para el dia 1 del mes siguiente...
 

reb

Miembro conocido
Si nadie pagase las sanciones verías tu como se les quitaba la tonteria de sancionar por gilipolleces, de verdad, este tema me pone negro.
Ellos pueden tener la página inoperativa durante 4 días seguidos y no pasa nada, nosotros, se nos traspapela un cambio de jornada o de grupo y sanción.
Habrá que decir basta algún día, somos humanos, no máquinas
 

MarLo

Miembro conocido
Es lo que toca, cuando pasan tres días, adaptar la realidad a los plazos, cuando debería ser al revés. O eso o 70 €.
 

MarLo

Miembro conocido
Si nadie pagase las sanciones verías tu como se les quitaba la tonteria de sancionar por gilipolleces, de verdad, este tema me pone negro.
Ellos pueden tener la página inoperativa durante 4 días seguidos y no pasa nada, nosotros, se nos traspapela un cambio de jornada o de grupo y sanción.
Habrá que decir basta algún día, somos humanos, no máquinas
estoy muy cabreado con esto yo también.... aquí sí que se deberían mover los colegios para que no se sancionase cuando son modifcaciones que no conllevan ningún perjuicio para la seguridad social. y lo hacen así además para liberar de carga a Casia y a los funcionarios y además con amenazas de sanciones para que hagamos las cosas rápido y sin ningún error.
 
Última edición:

toni

Miembro conocido
Igual tendriamos que decirselo al Excmo. Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Graduados Sociales que fue (segun ellos) el que consiguio que las complementarias de septiembre y octubre las hiciera la TGSS de oficio e igual consigue que amplien los plazos...:ROFLMAO:
 

Mc

Miembro activo
Pues yo de verdad creo que lo deberiamos hacer es una huelga ..... va en serio , se están pasando , esto es insufrible.
 

MarLo

Miembro conocido
Pues yo de verdad creo que lo deberiamos hacer es una huelga ..... va en serio , se están pasando , esto es insufrible.
saben que no podemos hacer huelga, que cualquier cosa que hagamos que suponga perjuicio para una empresa, pues nos comemos nosotros las consecuencias.
 

MarLo

Miembro conocido
además ahora tenemos que leer esto... por la forma de redactarlo ya sabéis en qué página vienen estas "recomendaciones"

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Nosotros hemos hecho algún movimiento "fuera de plazo" y aún no hemos recibido notificación, estamos trabajando en Madrid. El compañero que lo recibió fue en menos de tres semanas desde que hizo el movimiento y es de Valencia. No sé si la rapidez en llegar va por comunidades o no.

Yo lo que pensé fue en mirar de alguna manera si tenía algún defecto formal del texto del boletín que pudiéramos argumentar, pero no veo posibilidades, salvo mejor opinión. En nuestro caso cometimos el error por no leer la letra pequeña.

Desde luego que si se hace cualquier acción contra este acoso y despropósito que están haciendo desde la seguridad social, contad con nosotros. y si hacemos alguna queja formal y la mandamos por Casia? desde luego que la redacción fue a mala fe total.
 

MarLo

Miembro conocido
Nosotros hemos hecho algún movimiento "fuera de plazo" y aún no hemos recibido notificación, estamos trabajando en Madrid. El compañero que lo recibió fue en menos de tres semanas desde que hizo el movimiento y es de Valencia. No sé si la rapidez en llegar va por comunidades o no.

Yo lo que pensé fue en mirar de alguna manera si tenía algún defecto formal del texto del boletín que pudiéramos argumentar, pero no veo posibilidades, salvo mejor opinión. En nuestro caso cometimos el error por no leer la letra pequeña.

Desde luego que si se hace cualquier acción contra este acoso y despropósito que están haciendo desde la seguridad social, contad con nosotros. y si hacemos alguna queja formal y la mandamos por Casia? desde luego que la redacción fue a mala fe total.
Hola, ¿sabes que movimiento fuera de plazo hizo? quizás empiezan a sancionar unos casos y otros no...
 
No lo sé, no especificó y tampoco le pregunté. yo entiendo que serán los movimientos que se pueden hacer en tres días: cambios de jornada, cambios de tipo de contrato, variaciones del traajador...
Hay compañeros que han sido prudentes y no han utilizado "la ampliación de plazo", pero por los compañeros con los que he hablado, la mayoría hemos caído en la trampa.

Las bajas fuera de plazo no sé si lo calificarán como infracción leve ....

A parte, yo recuerdo hace años, que también un inspector laboral sancionó con razón por dar de alta a un trabajador a jornada completa a las doce de la mañana de ese mismo día, y lo calificó fuera de plazo. sólo he conocido ese hecho aislado en veinte años de profesión, pero al parecer ahora también se están empezando a meter. Así es que mucho cuidado.
 

CC2019

Miembro activo
Pues el aviso en su día decía ampliación EN PLAZO y punto, sin matices

Aclaración nuevos plazos de variaciones y correcciones de datos para usuarios del Sistema RED.
Desde el pasado 1 de noviembre, la variación de determinados datos asociados al contrato y su corrección, así como las correcciones de los datos del alta, se puede realizar a través del Sistema RED durante todo el mes al que se refieren, y durante el mes siguiente hasta que se confirme la liquidación. Todas las variaciones/correcciones realizadas hasta ese momento serán consideradas en plazo, no permitiéndose la mecanización después de dicha fecha.
Está prevista próximamente la ampliación del plazo la variación del resto de datos esde el pasado 1 de noviembre y los datos para los cuales estará disponible próximamente. Una vez habilitada la ampliación del plazo para estos últimos, se informará oportunamente.
No obstante, se recuerda que hasta que termine el periodo reglamentario de presentación de liquidaciones, existe la posibilidad de rectificar o anular la liquidación dependiendo del momento del mes, para poder realizar la variación y permitir la liquidación con el nuevo dato.
El resto de plazos del Sistema RED –altas, bajas, mecanización de jornadas reales, eliminación de altas y bajas consolidadas, etc -permanecen invariables.

No sé a qué viene ésto ahora la verdad, yo no he recibido de momento nada.
 
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