NUEVAS BASES MINIMAS AUTONOMO 2024

MarLo

Miembro conocido
El año pasado le di bastante caña, revisando todos, controlando quienes tenían este año que mantener bases... subiendo algunos (sobre todo autonomos societarios), comunicando todos los teléfonos y correos que pude por importass... pero este año no moví nada a la espera de cómo resulta el primer cruce de datos que van a hacer que será septiembre/octubre. Tampoco veo a los compas de fiscal muy motivados 🙃, no están muy por la labor de hacer previsiones de ingresos para este año
 

MJ1977

Miembro activo
Idem, ni un dato, si que se me ha pasado por la cabeza pero he preferido esperar a ver como va la primera tanda de regularizaciones de cuotas del 2023 y ya se verá por donde sale el sol........
 

nudelma

Miembro
Buenos días, Yo estoy como tu... esto me parece un lío tremendo y no se por donde cogerlo...
Buenos días, indagando por ahí al final he visto un poco la luz, te cuento como vamos a proceder por si te sirve...
Parecer ser que, ahora cuando acabe el periodo de rentas, la tesorería va a regularizar cuotas con la información que se haya dado del 2023, dicen que esta previsto que lleguen estas regularizaciones para septiembre/octubre y que darán 30 días para hacer los ingresos correspondientes (en su caso) sin que haya recargos. Por tanto aquí hemos decidido no hacer nada, esperar a que lleguen las regularizaciones de la cuota del 2023 y en base a lo que llegue y como llegue actuar. ¿Con la regularización de la cuota que va a pasar? Pues parece ser que en renta afectarán al año en que se producen (criterio de caja), pero aquí no te se decir mucho más porque yo de rentas.. no se :unsure:
Por otra parte, para regularizar cuotas del 2024, en agosto cogeremos de base los dos trimestres prestados y cerrados y haremos una estimación, lo mismo haremos en febrero (ya del 25) cogiendo de base los dos últimos trimestres presentados y cerrados, para hacer dos ajustes anuales, por así decirlo. Así que cuando mis compis de contabilidad me pasen datos en agosto ya veré en que tramo se encuentra cada uno según los rendimientos netos que se van teniendo (aunque sea aprox), elegiremos base de cotización dentro del tramo y sabremos la cuota mensual y haremos el cambio. No sé si es correcto como lo vamos a hacer, pero así en principio parece que nos vamos a organizar.. cuando lo haga en agosto por primera vez ya veremos si es factible o que, espero que te sirva por lo menos de ayuda :)
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Buenos días, indagando por ahí al final he visto un poco la luz, te cuento como vamos a proceder por si te sirve...
Parecer ser que, ahora cuando acabe el periodo de rentas, la tesorería va a regularizar cuotas con la información que se haya dado del 2023, dicen que esta previsto que lleguen estas regularizaciones para septiembre/octubre y que darán 30 días para hacer los ingresos correspondientes (en su caso) sin que haya recargos. Por tanto aquí hemos decidido no hacer nada, esperar a que lleguen las regularizaciones de la cuota del 2023 y en base a lo que llegue y como llegue actuar. ¿Con la regularización de la cuota que va a pasar? Pues parece ser que en renta afectarán al año en que se producen (criterio de caja), pero aquí no te se decir mucho más porque yo de rentas.. no se :unsure:
Por otra parte, para regularizar cuotas del 2024, en agosto cogeremos de base los dos trimestres prestados y cerrados y haremos una estimación, lo mismo haremos en febrero (ya del 25) cogiendo de base los dos últimos trimestres presentados y cerrados, para hacer dos ajustes anuales, por así decirlo. Así que cuando mis compis de contabilidad me pasen datos en agosto ya veré en que tramo se encuentra cada uno según los rendimientos netos que se van teniendo (aunque sea aprox), elegiremos base de cotización dentro del tramo y sabremos la cuota mensual y haremos el cambio. No sé si es correcto como lo vamos a hacer, pero así en principio parece que nos vamos a organizar.. cuando lo haga en agosto por primera vez ya veremos si es factible o que, espero que te sirva por lo menos de ayuda :)
Yo lo veo correctísimo. Al final lo importante es que lo pagado en cuota de autónomo anual se parezca lo más posible a su tramo según rendimiento.
 

ALEXA

Nuevo miembro
Nosotros tampoco hemos comunicado nada este año a la espera de las regularizaciones. Respecto a este tema, un cliente me ha pedido que le comunique un aumento de la base de cotización por encima de sus rendimientos netos. ¿eso es posible?, lo dice porque está pensando en su futura jubilación, pero yo creo que si cotiza por encima, cuando le regularicen, le pondrán lo que le corresponda y le devolverán el exceso.
Mi compañero dice que el cliente podrá rechazar la devolución y así cotizar por lo que él a elegido. Yo no lo veo. ¿Qué opináis?
 

MarLo

Miembro conocido
Nosotros tampoco hemos comunicado nada este año a la espera de las regularizaciones. Respecto a este tema, un cliente me ha pedido que le comunique un aumento de la base de cotización por encima de sus rendimientos netos. ¿eso es posible?, lo dice porque está pensando en su futura jubilación, pero yo creo que si cotiza por encima, cuando le regularicen, le pondrán lo que le corresponda y le devolverán el exceso.
Mi compañero dice que el cliente podrá rechazar la devolución y así cotizar por lo que él a elegido. Yo no lo veo. ¿Qué opináis?
Es como indicas. No se tiene derecho a mantener una sobrecotizacíon. Se les aplicará regularización a la base máxima de su tramo según sus ingresos y no cabrá rechazar la devolución para consolidar la sobrecotización (sólo podrán rechazar la devolución, hasta nueva orden del Gobierno, aquellos autónomos que venían cotizando con una base anterior al nuevo sistema, y se quedan por encima del tramo).

Sí que existe una consecuencia de esta sobrecotización que tu planteas: si durante la misma acontece una IT, la prestación de la IT tendrá en cuenta las bases de la sobrecotización
 
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