nuevo convenio hosteleria valencia

AnaZ

Miembro activo
Buenos días,
¿Alguien que aplique este convenio porfa?
Tengo una duda con la publicacion del nuevo convenio respecto al articulo siguiente:

ARTÍCULO 20º MANUTENCIÓN, ALOJAMIENTO Y PLUS DE TRANSPORTE. – En las
empresas que dispensen comidas, los/as trabajadores/as que presten sus servicios en horarios
coincidentes con las horas de almuerzo/comida y cena, tiene derecho a percibir a cargo de la
empresa como complemento salarial en especie, la manutención. Aquellas personas
trabajadoras que no hagan uso del servicio de comida no podrán exigir su compensación en
metálico.
La valoración del coste medio de la manutención, para aquellas personas trabajadoras que
hagan uso del servicio de comedor conforme a los módulos de cuantificación establecidos en la
letra b), del apartado 1, del artículo 23 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de
otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de
diciembre, modificado por el Real Decreto 637/2014, de 25 de julio o norma que lo sustituya,
queda fijada durante toda la vigencia del presente convenio en la cuantía de 25 euros mensuales


Preguntas (2 preguntas):
- si la empresa no dispensa comidas no se debe abonar la manutención? es empresa alojamiento, y la restauración la lleva otra empresa que está en el mismo edificio pero al lado.
- y en el segundo parrafo, quiere decir que le debo pagar lo que marque el convenio pero luego le debo restar 25 en concepto en especie?


Yo siempre lo he abonado a esta empresa, aun cuando no se prestasen servicios de comidas, pero difiere de la anterior redacción, y ahora que voy a calcular atrasos estoy pensando en que si lo he abonado durante 2022 (sin descontarla en especie dado que no habia servicio de comida), y no procedia, si puedo compensarlo con los atrasos al haber pagado por "encima".

Gracias
 

Cachilipox

Miembro conocido
Un poco farragoso, pero es el clásico de si la empresa "sirve comidas", el trabajador puede comer a cargo de la empresa.
Y lo califica como salario en especie (en caso que sea efectivamente utilizado esta ventaja), cuantificada en 25 € mensuales, y no compensables en dinero cash, en caso que el trabajador por la causa que fuera, no usara el servicio.

Si la empresa no sirve comidas, sino que solo presta servicios de alojamiento, no le afecta.

Sobre el reflejo en nómina y cotización:
Salario cash........ XXXX €
Salario en especie 25 € (si efectivamente han usado el servicio)
Base de cotización XXXX + 25 €
A descontar:......
Salario en especie 25 €
Neto a cobrar XXXX - SS - IRPF
 

AnaZ

Miembro activo
lo fuerte es que el propio conveni ocontempla el plus de manutencion, y dad la interpretacion que se gun se haga del parrafo segundo qeu he expuesto se queda un poco raro todo

copio pego:
ANEXO IV-2 2023
Importes de los conceptos no salariales (transportes, útiles, herramientas y uniformes) así
como los complementos salariales de manutención de aplicación exclusiva a las
empresas hoteleras afectadas por el presente Convenio.
Plus Transporte.
Jornada Partida 54,13 Mensuales
Jornada Continuada 34,92 Mensuales
Complementos Salariales.
Manutención 42,80 Mensuales
Y descuento en especie solo 25?

es que no he acabado de dar toda la info, cachilipox, y ahora la he dado toda. por supuesto gracias por tu aportación objetiva y externa (creo que tu estas en barcelona🤔 y no lo manejas, asi q con mas motivos thanks🤗)
El caso es q segun esta new redaccion:
Pago 42,80 por manutencion PERO Descuento de especie de 25 pq asi lo dice este segundo parrafo...??:confused:
ahi es donde me chirriaba un poco todo🥴... cuando la manutencion tiene un determinado cash pero en especie ellos han aprobado que he de descontar otra cantidad que ellos han determinado, of course...
Y por supuesto si debo o no pagarlo y si lo he pagado y ahora redactan esto, si puedo dejar de abonarlo en nomina...como no tenemos bastante, pues otra taza para interpretar....
Y mas tela que trae este convenio según he estado leyendolo hoy...😲🤯.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Lo que yo entiendo, (visto desde lejos, unos 300 km al norte.....):
Si eres bar o restaurant, los trabajadores comen en el lugar, no cobran dinero, y se cotiza por salario en especie valorado por convenio en 25 €.
Si el trabajador no hace uso de la prerrogativa, se queda sin comer, sin cobrar compensación dineraria, y sin cotizar esa prestación en especie.

Si eres establecimiento de hotelería, cobras un complemento salarial de manutención, tasado en 42,80 € mensuales en dinero cash. Obviamente se cotiza por ese plus de convenio. Y te lo gastarás en comida, o no.
En este caso, aunque la empresa hotelera disponga de servicio de comedor y sirva comidas, los trabajadores no pueden usar dichos servicios, salvo pagando como clientes (a la tarifa o descuento que se pacte).

Nota: Yo no entiendo que ese párrafo segundo del artículo 20 hable de descontar nada, sino solo y meramente de su valoración dineraria a efectos de cotización SS.
Que por elevación exista algún hotel con comedor que por una parte deba pagar plus manutención 42,80 €, y sea ya uso y costumbre, o pacte con los trabajadores que la manutención se preste en especie en el propio hotel, y se valore ese servicio en tanto o cuanto, ya es otra cosa.
El módulo "manutención mensual = 25 €", como base de cotización, parece escaso pero puede ser válido.
Pero como "tarifa especial empleados, 22 menús x 25 €", quizás no cuela.
Se abriría el melón de las valoraciones en especie por la diferencia entre el precio satisfecho (los 25 €) y el valor legal (precio de mercado + ingreso a cuenta no repercutido)
 
Última edición:

AnaZ

Miembro activo
Ok, entendido, si es q estoy q a veces ya no se ni lo q leo....

Pondré la manutención según marca convenio a las q no sirven comida
Pondré los 25 euros de pago en especie a los q deben comer allí (cotizado) y no les anotare la manutención q marca el convenio de 42,80 Antes a estos se lo pagaba y restaba a lo q dijera la tabla, pero ahora con esto del segundo párrafo les ha variado la cosa....
Es q tengo un poco de todo... ( tanto bar como hotel)
Gracias cachilipox
 

CARMELA

Miembro
Entoces AnaZ si comen alli se pagan los 25€ en especie sin descontarlo? y al resto (los que no coman allí) se les aplicara especie con la manutencion de 42,80 y se les descontará?
 

AnaZ

Miembro activo
Pues estoy hoy otra vez dandole vueltas carmela,... la verdad sigo sin tenerlo claro, pero era la conclusión a la que habia llegado.

Aunque lo puse en el foro para ver que iban a hacer los demas compis al respecto...
No entiendo porqué han metido ese segundo parrafo... que ganas de marear...
 

Cachilipox

Miembro conocido
Una reinterpretación más pausada:
El convenio dice que todas las empresas deben pagar "manutención".
El anexo del convenio dice que los hoteles tienen una tarifa dineraria de "manutención" de 42,80 €
Pero el artículo 20 del convenio die que "las empresas que sirvan comida" pueden pagar "en especie" dicho plus de "manutención". Y no distingue dicho artículo 20 entre hoteles y no hoteles.
Dice también el artículo 20 que si se paga "en especie", no cabe pedir por parte del trabajador su abono o compensación dineraria.
Y dice también que si se paga en especie, se debe valorar a 25 €.

Haciendo refrito de todo, entiendo que los hoteles que sirvan comidas pueden hacer dos cosas:
Abonar dinero cash por 42,80 €, y que cada trabajador se espabile.
Abonar "en especie" esas comidas, NO pagar nada en dinero cash, y cotizar por 25 € salario en especie.

El trabajador debe estar a lo que la empresa determine.
 

toni

Miembro conocido
Si comen alli, pago y descuento de 42,80.

Si no comen, pago 25 sin descuento.

Ojo, mi interpretacion y lo que estoy haciendo.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Si comen alli, pago y descuento de 42,80.

Si no comen, pago 25 sin descuento.

Ojo, mi interpretacion y lo que estoy haciendo.
A mi eso me parece justo y razonable, pero no entiendo que sea lo que dice el convenio.
Como una mejora, me parece perfectamente válido.
Pero para aquellas empresas que quieran aplicar convenio pelado......
 

toni

Miembro conocido
Ya @Cachilipox , razon no te falta, pero como bien digo es lo "que yo hago".

Y lo hago asi desde que lei hace tiempo en un blog de hosteleria esto:

Es un complemento que debe reflejarse en la nómina y si el trabajador come en el establecimiento, se le paga y se le descuenta y sino come en el establecimiento, se le abona pero sin descuento. ( aqui descuento la valoracion del coste medio que indica, los 25 euros).

Y esto no deja de ser gracioso, aunque es lo correcto:

La manutención tiene que ser sana, variada y bien condimentada y si hay necesidad de un régimen alimenticio especial, se debe confeccionar el menú prescrito por el médico.
 
Última edición:

AnaZ

Miembro activo
Si comen alli, pago y descuento de 42,80.

Si no comen, pago 25 sin descuento.

Ojo, mi interpretacion y lo que estoy haciendo.
Hoy he estado en una jornada informativa del convenio y efectivamente es como tu dices, al menos la interpretación desde la patronal (la jornada la impartía la federación de hostelería)
Y además esos 25 son un mínimo, q si la empresa puede acreditar q es más, pues puede ponerlo. Eso es lo q han dicho.
Lo q haré es continuar como siempre, el caso del hotel q no tiene servicio de comida pagar manutención (sin descontar pues no hay servicio de comidas)
Para el caso de bar restaurante donde si coman, pagar y restar la manutención de la tabla del convenio.
Y en otro bar q me dicen q no comen pues poner esos 25 de especie sin descuento.

Me parecía un poco raro lo del pago de 25 en especie aun cuando no comiese, pr es así, lo correcto es lo q comentó e interpretó toni:D(y)
 

nuriaeltia

Nuevo miembro
Hoy he estado en una jornada informativa del convenio y efectivamente es como tu dices, al menos la interpretación desde la patronal (la jornada la impartía la federación de hostelería)
Y además esos 25 son un mínimo, q si la empresa puede acreditar q es más, pues puede ponerlo. Eso es lo q han dicho.
Lo q haré es continuar como siempre, el caso del hotel q no tiene servicio de comida pagar manutención (sin descontar pues no hay servicio de comidas)
Para el caso de bar restaurante donde si coman, pagar y restar la manutención de la tabla del convenio.
Y en otro bar q me dicen q no comen pues poner esos 25 de especie sin descuento.

Me parecía un poco raro lo del pago de 25 en especie aun cuando no comiese, pr es así, lo correcto es lo q comentó e interpretó toni:D(y)
buenas tardes Ana, quienes están a jornada parcial pagas y restas la parte proporcional? O es para todos la misma cantidad ?
 

AnaZ

Miembro activo
buenas tardes Ana, quienes están a jornada parcial pagas y restas la parte proporcional? O es para todos la misma cantidad ?
hola nuriaeltia,

respondiendo a tu pregun...
si el trabajador en cuestion a tiempo parcial trabaja 30 horas en horario de almuerzo 5 dias a la semana, yo aplico el importe completo.40,70 euros/mes completo

Pero si trabaja 14 horas solo almuerzo viernes sabado y domingo aplico un poco la proporcion minimo 25 para estar cubierta, este año 2024 25,42 euros/mes completo.

eso es lo que estoy haciendo
 
Arriba