Tras leer el Rd24 me genera casi las mismas dudas que tenía antes. Y no se si quiero entender lo que quiero entender.
Cuando renuncia el empresario? Cuando la actividad se activa? Las dudas que teníamos antes. " La flexibilización de las medidas que permitan la reincorporación del trabajador efectivo de aquella" . Con esta frase yo entiendo que todas medidas-ayudas-exoneraciones es mientras el trabajador no se ha reincorporado al 100%.
El art. 3 me tiene mosca. No me llevó con certific@. Porque por un lado lo veo igual a lo que estábamos haciendo, pero no se si es que quiero verlo así.
Hay que comunicar previamente bajas y modificaciones, con los excelsa.
Y a mes vencido ( nos decían que lo hiciéramos antes del 29 del mismo mes) la comunicación de periodos de actividad e inactividad. Lo que me despista que hagan mencion a la reducción de jornada. Yo en estos casos no lo comunicaba como periodo de actividad porque ya habías comunicado la modificación.
Esta claro que para que no haya malentendidos y supongo que para que nadie se heche para atrás, la renuncia del ERTE hay que comunicarlo a todos, ahora se incluye TGSS.
Mañana reunión y a ver que hacemos.