Obligación del disfrute de paternidad autónomo

Argi

Miembro conocido
Hola,
Autónomo que sólo puede permitirse dos semanas de las 6 obligatorias del permiso de paternidad. ¿Se puede solicitar las 6 semanas iniciales y al de dos renunciar? O simplemente se puede no solicitar y listo.
Me entra la duda de si es obligatorio su disfrute, entre otras cosas, porque automáticamente TGSS no pasa la cuota de autónomos.
 

Nana

Miembro conocido
Hola Argi!!

las 6 semanas son obligatorias, incluso para los super héroes autónomos

Te voy a contar una trampa que solo haría si no es muy cantoso, si es un autónomo que no está cara al publico (vamos, que no sea fontanero o algo así) que siga trabajando y que las facturas las emita con fecha posterior a las seis semanas

Negaré haber dicho esto, es más, lo anterior lo ha escrito el unicornio bajo los efectos sicotrópicos :devilish:

Ya he regañado al unicornio porque ilegalidades no, eh?
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Cachilipox

Miembro conocido
El caso de los autónomos es peculiar, dada su naturaleza dual.
Son trabajadores, por tanto sujetos a la suspensión OBLIGATORIA de actividad laboral, pero a su vez, son también empresarios que desarrollan una actividad económica. Y donde la ley NO dice, no debemos decir nosotros. Y la ley NO dice que la actividad económica como tal, la dimensión puramente empresarial, quede en ningún momento sujeta a suspensión.
Es obvio que si el único, o fundamental, medio de producción utilizado es la propia actividad laboral del autónomo, por ausencia de medios no se puede desarrollar la actividad.
Hay que estar a los casos concretos. No es lo mismo un pequeño comerciante de tienda física, que esté él solo, que otro que desarrolle su actividad mediante una web e-comerce (¿Cierra la web?), o el fontanero solitario, u otro fontanero con un ayudante contratado laboral (¿Envía al ERTE a su trabajador?).
 

Argi

Miembro conocido
¿Y quién dice que este caso sí o este no? ¿Existe algún criterio objetivo como podría ser el tener asalariados o IAE?

Este se trata de un transportista y no puede dejar de trabajar más de una semana. Lo que le pagaría el INSS no le da para vivir y no se lo puede permitir.
A fin de cuentas, en el régimen general existe una relación entre la base de cotización y el salario que no existe en el RETA

Por su actividad, no le voy a plantear lo de emitir facturas con posterioridad.

¿Dónde podría plantear una consulta oficial al respecto?
 

PEDRO

Miembro conocido
El caso que planteas lo tuve yo, así que te "copio" la respuesta que me dieron desde el buzón de consultas del INSS:

Si una vez reconocido el período obligatorio de seis semanas el trabajador decide incorporarse al trabajo, se le extinguirá la
prestación desde ese momento, no pudiendo disfrutar las semanas pendientes más tarde.
Si no lo comunica, generará pagos indebidos hasta que se produzca el cruce informático.
 

NIEVES

Miembro
Hola,
Autónomo que sólo puede permitirse dos semanas de las 6 obligatorias del permiso de paternidad. ¿Se puede solicitar las 6 semanas iniciales y al de dos renunciar? O simplemente se puede no solicitar y listo.
Me entra la duda de si es obligatorio su disfrute, entre otras cosas, porque automáticamente TGSS no pasa la cuota de autónomos.
Hola, comunica el disfrute de las 6 semanas iniciales, ahi la seg social le bonificará cuota de autonomos. Y el resto si no lo comunica imagino que no aplicaran ninguna bonificación y transcurrido el plazo de un año ya perderá el derecho a la paternidad....
Otra opción es presentar escrito en la seg social renunciando a las semanas que quiera renunciar.
 
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