Bueno, la R se usa para el paso de actividad total, considerando ésta una falta de suspensión o reducción. A partir de ahí daría igual si está trabajando o en vacaciones, pero está activo (=no suspendido ni reducido).
La mayor duda sería los que están en S, si al disfrutar de vacaciones se pasan a R esos días, ¿y luego qué, vuelven a S o pasan a U?
Pero solo son interpretaciones, espero a ver si Casia se digna a responder. ¿Por qué no pones el caso también a ver si responden igual, o al menos a ver si responden?
R: TRAB.ACTIVO TOTAL PROC.SUSP.ERE.COVID19
El valor R se comunicará respecto de las personas trabajadoras que pasen de una situación de suspensión
de su contrato de trabajo o de reducción de jornada por figurar incluidos en un ERTE regulado por el
artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, a una situación de actividad total conforme a su contrato de
trabajo.