Paga compensatoria en A3Nom

Mc

Miembro activo
Otro problemita ... En esta paga que secobra en enero pero se cotiza a lo largo del 2026 , el CRA correcto que cotiza mes a mes seria el 005 entiendo no ? La cuestion es que sage me lo une al 004 con el resto de pagas ... alguien sabe como solucionar esto . ?? Gracias
 

Nessa

Miembro conocido
Otro problemita ... En esta paga que secobra en enero pero se cotiza a lo largo del 2026 , el CRA correcto que cotiza mes a mes seria el 005 entiendo no ? La cuestion es que sage me lo une al 004 con el resto de pagas ... alguien sabe como solucionar esto . ?? Gracias
¿Se cotiza a lo largo de 2026? Si el propio convenio la vincula a la permanencia entre 1 de enero de 2023 y 31 de diciembre de 2025... A mi me da mucha pereza, lo confieso, pero no veo otra que meterla como atrasos repartidos en 36 meses... Es que sino, por ejemplo... tengo TRES trabajadores que la cobraron el 31 de enero, pero ya sé que en febrero son baja en la empresa... ¿Cómo lo cotizan esos? ¿Todo en enero? No tiene sentido.
 

Mc

Miembro activo
¿Se cotiza a lo largo de 2026? Si el propio convenio la vincula a la permanencia entre 1 de enero de 2023 y 31 de diciembre de 2025... A mi me da mucha pereza, lo confieso, pero no veo otra que meterla como atrasos repartidos en 36 meses... Es que sino, por ejemplo... tengo TRES trabajadores que la cobraron el 31 de enero, pero ya sé que en febrero son baja en la empresa... ¿Cómo lo cotizan esos? ¿Todo en enero? No tiene sentido.
Desde luego debe ser por atrasos , aunque igual puedes hacerlo del ultimo año .... si es que ni ellos saben como hacerlo . Yo en nov. tuve una jubilacion y lo hice de los ultimos 12 meses. ....
 

Mc

Miembro activo

Nessa

Miembro conocido
Ya pero ojo que precisamente hicieron una consulta al respecto y casia e inspeccion opinaban cosas distintas , y han decidido hacer caso a casia que era quien dijo que se hacia la cotizacion a lo largo de 2026 .

https://femz.es/como-ha-de-cotizarse-la-paga-compensatoria-del-convenio-de-industria/
¡Ostras! Mil gracias, porque en su web todavía sale el enlace a la interpretación de los atrasos. Jope. En sólo un mes cambian de criterio y no borran el anterior.
Gracias. Bueno, pues una buena noticia, me evito los 36 recibos de atrasos y los cra...

¿Y los trabajadores que se van ahora en febrero y la cobraron en enero? ¿Cotizan todo en enero o cómo va esto?
 

Nessa

Miembro conocido
¡Ostras! Mil gracias, porque en su web todavía sale el enlace a la interpretación de los atrasos. Jope. En sólo un mes cambian de criterio y no borran el anterior.
Gracias. Bueno, pues una buena noticia, me evito los 36 recibos de atrasos y los cra...

¿Y los trabajadores que se van ahora en febrero y la cobraron en enero? ¿Cotizan todo en enero o cómo va esto?
Me autorrespondo: se reparten entre los meses que estén en la empresa. Muy lógico todo. Vaya chapuza.
 

Nessa

Miembro conocido
Ya pero ojo que precisamente hicieron una consulta al respecto y casia e inspeccion opinaban cosas distintas , y han decidido hacer caso a casia que era quien dijo que se hacia la cotizacion a lo largo de 2026 .

https://femz.es/como-ha-de-cotizarse-la-paga-compensatoria-del-convenio-de-industria/
Respuesta de Siltra, en linea con lo que colgó ayer Mc. Me hace gracia que digan que ellos no tienen competencia... estamos hablando de cotizaciones, si la competencia no es suya...
Aunque comprendo que tienen que estar hasta los mismisimos porque con esta redacción que dan últimamente en los convenios a las pagas, los atrasos, las compensaciones y demás películas... puf.

Pongo la respuesta en otro color:

Buenos días, la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la Industria, en fecha 20/enero/2026, ha emitido un informe cuyo objeto ha sido aclarar el devengo y como consecuencia la cotización de la paga compensatoria. Conforme al art. 23.1.a del Reglamento de Cotización, al ser una paga única de vencimiento superior al mensual que se abona el 31/01/2026, se prorratea en el año en que se paga, es decir, 2026. Con la redacción del artículo, entendemos que se debe de cotizar en el año 2026. Si algún trabajador no está de alta, lógicamente no pueden cotizarlo a lo largo del 2026. En ese caso, no queda más remedio que confeccionar una L03. En todo caso, si tienen dudas, deben plantearlas a la comisión paritaria del Convenio para que determine la naturaleza de dicha paga y si es salario de año anteriores. No corresponde esa interpretación a la competencia de esta TGSS. Un saludo

Cierto es que este sistema "ahorra trabajo" a la hora de no hacer complementarias de tres años atrás... pero nada dice respecto a los que ya lo han cobrado este tiempo atrás... porque el convenio así lo dice... que si son baja antes de 2026 cobran la parte proporcional. QUiza quepa pensar entonces que lo deben cotizar el año que lo cobraran... pues igual. Puf.

Menudo desastre.
 

Nessa

Miembro conocido
Chicos, vuelvo a este tema...

Trabajador que el 31 de enero cobra sus 400 euros. Se le despide en febrero. Por tanto, según casia y según la comisión paritaria, debo repartir la cotización de los 400 euros entre enero y febrero de 2026.

¿En el certificado del sepe tengo que incluir la parte proporcional de esos 400 euros en enero y febrero? No me cabe en la cabeza. No tiene sentido.
 
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