Creo que el mínimo es el 50%nadie????jop
Pero en el caso de Astro, sería el 75%, es correcto...Tiene que ser igual o superior al 50%
En el caso de la paternidad, la jornada realizada a tiempo parcial no podrá ser inferior al 50 por 100 de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo.
(*) El cálculo se efectuará dividiendo las horas semanales acordadas en jornada parcial por las horas semanales realizadas con anterioridad en jornada completa. El resultado se multiplicará por 100 y deberá ser igual o superior a 50.
Buenas tardes, en tu casa, como procediste el respecto? 75 o 25% Gracias!Muchas gracias.Me refiero el porcentaje que se pone aquí, seria el 25% porque es la paternidad que está disfrutando o el 75% que es lo que trabaja?
Ver el archivos adjunto 2005
en el certificado tienes que poner lo que trabaja, en este caso el 75%.Buenas tardes, en tu casa, como procediste el respecto? 75 o 25% Gracias!
muchas gracias, le debo tanto a este foro. Una duda, como calculaste la equiparación de la parcialidad y la prolongación del periodo, quiero decir. un 75 %, cuanto "más" supone de semanas del descanso. A la hora de comunicar el certificado de empresa, se pone el periodo total que has calculado para ese 75 % ¿no? y se puede disfrutar tipo, de los dos meses que le queda el trabajo, ¿un mes a jornada parcial y otro a jornada completa?en el certificado tienes que poner lo que trabaja, en este caso el 75%.
yo hago: 8 semanas de descanso son 320 horas/mensuales ( 160 + 160) , 75% son 40 horas/ mes = 8 meses (40 horas/meses por 8 meses = 320 horas)muchas gracias, le debo tanto a este foro. Una duda, como calculaste la equiparación de la parcialidad y la prolongación del periodo, quiero decir. un 75 %, cuanto "más" supone de semanas del descanso. A la hora de comunicar el certificado de empresa, se pone el periodo total que has calculado para ese 75 % ¿no? y se puede disfrutar tipo, de los dos meses que le queda el trabajo, ¿un mes a jornada parcial y otro a jornada completa?