Mil graciasVenía algo en la DA 1ª del RD 295/2009.
Pues leyendo la normativa en teoría se ha de trabajar como mínimo 4 horas/día (en el caso de que la jornada normal sea de 8 horas)...según lo que yo entiendo.Yo he tenido casos de trabajar 3h/dia, es decir, reducción del 62,5% y no me ha dado problemas.