PATERNIDAD

1056RP

Miembro activo
Buenas tardes a todos. Necesito, por favor, vuestra ayuda, mi compi la acaban de operar y yo solamente llevo un mes y novata, un cliente me ha comentado que un trabajador ha sido padre ayer y para que prepare la documentación que debe hacer la empresa pero no lo he hecho nunca y no tengo ni idea de qué trámites debo hacer. Sé que debo tramitar un certificado de empresa pero desconozco por dónde ni si debo realizar algún trámite más.
Me podriáis ayudar alguno.
Muchas gracias
 

Nana

Miembro conocido
Hola

bienvenida! Relax, tienes que preparar el certificado de paternidad, el trabajador debe comunicar como va a disfrutarla:
- las 6 semanas iniciales son de obligado cumplimiento a jornada completa
- las 10 restantes, como quiera el padre, a saber:
- a jornada completa a continuación de las 6 iniciales
- a jornada parcial a continuación de las 6 iniciales (aquí tendrás que preguntar el porcentaje de jornada que realizará y, además, la empresa debe estar conforme; hay un modelo en la web de TGSS para este acuerdo)
- a jornada completa a tramos (duración mínima de cada tramo de 1 semana)
- a jornada parcial a tramos (duración mínima de un tramo de 1 semana y con el porcentaje y acuerdo con la empresa del punto 2)

Después de prepararlo, lo envías por RECEMA (desde la web de TGSS) o por SILTR@, como mejor te venga

Parece mucho pero es sencillito ;)

A por ello!
 

1056RP

Miembro activo
Hola Nana antes de nada disculparme por no haberte contestado antes y darte las gracias por contestarme y explicarmelo todo tan claramente. La verdad no sé, pensaba que habría más trámites. Además el trabajado quiere disfrutar de las 16 semanas seguidas así que me facilita el trabajo🥳.
 

1056RP

Miembro activo
Hola Nana muchas gracias y disculpa que te moleste de nuevo. La empresa quiere contratar a una persona para que sustituya al trabajador que va a coger la baja por paternidad durante las 16 semanas que esté de baja, nunca he tenido un caso de estos y no sé cómo debería hacerlo. Si no recuerdo mal creo que el contrato es el 410.
Trámites:
Entiendo que sería en SS:
- Tendría que comunicar la suspensión por prestación de corta duración del trabajador que ha sido padre?
- alta tiene que estar presentada la baja por paternidad, imagino para que el sistema no de problemas. La fecha de alta, pregunta un poco tonta pero me ha surgido la duda maligna, puede ser cualquier fecha posterior al parto o debe ser la del día de la baja?
- Tendría las mismas contidiciones ( categoría, sueldo, horario) que el trabajador al que sustituye
- Si no recuerdo mal estos contratos están bonificados al 100%, además el trabajador que le va a sustituir está inscrito como demandante de empleo
SEPE:
- Presentar el contrato como se hace normalmente.

Creo que no me dejo nada. Estás de acuerdo
 

1056RP

Miembro activo
Hola de nuevo bueno todo aclarado, disculpa las molestias. Por si le puede ayudar a alguien no hay que presentar suspensión por prestación, está desactivada para paternidad desde hace un par de años, simplemente enviar certificado de paternidad.
Y para el alta del sustituto tengo que esperar un par de días desde que mando el certificado para que el sistema saque la bonificación o sino tendría que rectificarlo a posteriori.
 

Nana

Miembro conocido
Hola

molestia ninguna. Si trabajas con A3 recuerda que dependiendo de si la bonificación empieza el mismo día o posterior se informa de distinta manera

El resto todo ok ;)

- Tendría que comunicar la suspensión por prestación de corta duración del trabajador que ha sido padre? NOP
- alta tiene que estar presentada la baja por paternidad, imagino para que el sistema no de problemas. La fecha de alta, pregunta un poco tonta pero me ha surgido la duda maligna, puede ser cualquier fecha posterior al parto o debe ser la del día de la baja? Vale cualquier fecha posterior :)
- Tendría las mismas contidiciones ( categoría, sueldo, horario) que el trabajador al que sustituye SIP, salvo antigüedad y pluses específicos
- Si no recuerdo mal estos contratos están bonificados al 100%, además el trabajador que le va a sustituir está inscrito como demandante de empleo SIP, minimo 24 horas inscrito como demandante
SEPE:
- Presentar el contrato como se hace normalmente. SIP

Un saludo!
 

1056RP

Miembro activo
Hola

molestia ninguna. Si trabajas con A3 recuerda que dependiendo de si la bonificación empieza el mismo día o posterior se informa de distinta manera

El resto todo ok ;)

- Tendría que comunicar la suspensión por prestación de corta duración del trabajador que ha sido padre? NOP
- alta tiene que estar presentada la baja por paternidad, imagino para que el sistema no de problemas. La fecha de alta, pregunta un poco tonta pero me ha surgido la duda maligna, puede ser cualquier fecha posterior al parto o debe ser la del día de la baja? Vale cualquier fecha posterior :)
- Tendría las mismas contidiciones ( categoría, sueldo, horario) que el trabajador al que sustituye SIP, salvo antigüedad y pluses específicos
- Si no recuerdo mal estos contratos están bonificados al 100%, además el trabajador que le va a sustituir está inscrito como demandante de empleo SIP, minimo 24 horas inscrito como demandante
SEPE:
- Presentar el contrato como se hace normalmente. SIP

Un saludo!
De nuevo muchísimas gracias por tu ayuda. creo que el tema Seguridad Social, lo tengo bastante claro 😅, luego viene la fase dos encuentros con el SEPE.
Un saludo
 

martel

Miembro
Hola Nana, siguiendo con tu magnífica ayuda... las 10 semanas restantes las puede pedir cuando quiera a lo largo de 1 año verdad y con 15 dias de antelación?, Mi duda es que ahora solo le pongo las 6 semanas obligatorias y luego como se tramita en RECEMA?. Gracias
 

Nana

Miembro conocido
Hola Nana, siguiendo con tu magnífica ayuda... las 10 semanas restantes las puede pedir cuando quiera a lo largo de 1 año verdad y con 15 dias de antelación?, Mi duda es que ahora solo le pongo las 6 semanas obligatorias y luego como se tramita en RECEMA?. Gracias
Si disfruta la paternidad por tramos, el segundo tramo y restantes, en su caso, ya no los tramitas por RECEMA, los tramitas por siltr@:
-opción INSS
- creación de ficheros
- certificado paternidad y rellenas los datos
- en descanso, rellenas la fecha inicial del descanso y las casillas de Fecha inicio siguiente periodo y fecha fin siguiente periodo

En el caso de que te pidiese indicar la base de cotización, recuerda que es la del mes anterior al hecho causante (nacimiento del bebé)

haces tantos envíos como tramos vaya a tener, pero recuerda que es un envío por cada tramo y que solo puedes mandarlos el día que empieza el descanso o días posteriores, si no, te llegarán rechazados

Y creo que nada más ;)
 

valky

Miembro activo
Buenas tardes,
Tengo la siguiente duda al respecto, las 10 semanas de descanso posteriores a las 6 semanas de disfrute obligatorio, se pueden coger por tramos de 7 días como mínimo, estos tramos de 7 días hay que iniciarlos en lunes o puede ser cualquier día de la semana?
 
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