Efectivamente, como indica MiriamSR, ese convenio ya está obsoleto, al menos respecto a este permiso.
Son 5 días, en principio hábiles, aunque yo siempre le añado el matiz (y que el ET no hace, pero me remito, además del sentido común, a la doctrina del TS, incluso cuando eran solo 2 días, por tanto, con más motivo si son 5) "hasta", es decir, "hasta 5 días (vale, hábiles)" porque es un permiso finalista, está para lo que está y para su disfrute se supone que debe subsistir "el hecho causante".
Con ello quiero decir que si el ingreso del padre, o incluso convalencia domiciliaria si requiere reposo, asistencia... se prolonga por al menos ese tiempo, pues los 5 dias, incluso podrían ser no necesariamente consecutivos si la situación que justifica el permiso se prolonga por más tiempo.
Pero es que 5 dias hábiles pueden suponer una semana o más tiempo. En ciertos casos puede suceder que el familiar este ya en perfectas condiciones, incluso trabajando, y no es de recibo que toda su parentela, incluso convivientes, puedan estar en casa viendo Netflix por ese supuesto permiso cuando el familiar ya está trabajando o haciendo vida normal.
El problema será el tema del control, no siempre será fácil ni cómodo. Por eso, normalmente tocará confiar en la honestidad y profesionalidad de la gente. En fin, yo al menos suelto siempre lo de "hasta 5 días, si la situación lo requiere" y cada uno ya lo verá,