Hola, te mando circular informativa...
este tema es muy lioso... seguramente te tocará darte de alta en la tripartita previamente al inicio de la acción formativa, calcular los costes que te puedes bonificar, y hacerle el seguimiento, etc.
"Ante las numerosas cuestiones planteadas por diversos componentes de nuestra red de asesores colaboradores respecto a los PIF (Permisos Individuales de Formación), desde DABO CONSULTING hemos estimado necesario el envío del presente correo informativo a los efectos de que puedan informar debidamente a su distinguida clientela sobre la existencia de dichos PIF.
Los permisos individuales de formación es el permiso que tiene un trabajador o trabajadora asalariada para su formación, previa autorización de la empresa, y que no tiene porque estar necesariamente relacionada con su puesto de trabajo, si bien si debe reunir los siguientes requisitos las acciones formativas a los que se refiere:
1) TITULACIÓN O ACREDITACIÓN OFICIAL. La formación debe estar reconocida mediante una titulación o acreditación oficial, incluidos los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad. A modo de ejemplo los estudios que se pueden realizar a través de los PIF pueden ser entre otros los siguientes: ESO/Bachiller, Formación Profesional, certificados de profesionalidad, carnés profesionales (instalador frigorista autorizado, operador de grúas torre, manipulador de alimentos, CAP, TPC, formación obligatoria de conductores profesionales), licenciaturas, diplomaturas, etc..
2) FORMACIÓN PRESENCIAL: La formación a distancia y de teleformación queda excluida.
Los PIF no financian el importe de la acción formativa sino los costes salariales de las horas en que un trabajador o trabajadora no está en su puesto de trabajo porque está realizando una acción formativa, para ello la empresa deberá seguir pagando su salario, bonificándose en los pagos mensuales a la Seguridad Social dichos costes.
Si podrán utilizarse los PIF para financiar acciones formativas necesarias y obligatorias que requieran una titulación oficial por parte de sus clientes para el ejercicio profesional y que seguirá un cauce totalmente ajeno a los créditos formativos, siempre que dicha formación reúna los requisitos mencionados. "
Si requiriese mayor información sobre la gestión y cálculo del importe de los mismos, no dude en contactar con nosotros por esta misma vía.
Sin otro particular, esperando sea de su interés la información facilitada, reciba un cordial saludo