Teniendo en cuenta que el trabajador con su reducción de jornada trabajará de 8 a 13, si quiere reducir la jornada solo podría salir media hora antes, o entrar media hora después. Porque para tener derecho a una hora debería ser cuando hay jornada partida y por lo tanto no reduce su jornada si no que sale al mediodía media hora antes y entra por la tarde media hora después pero sin reducir el inicio y final de su jornada.
¿Cómo lo véis? Yo creo que debe tener derecho a reducir una hora sea cual sea su jornada, partida, intensiva, etc.. y sea cuando sea, aunque eso suponga una hora de reducción de jornada.
A ver, las opciones que tiene, si no quiere acumular, son:
1.- Entrar media hora más tarde o salir media hora antes (o sea, entrar a las 8.30 o salir a las 12.30).
2.- Disfrutar de una hora de ausencia entre las 8 y las 13 horas (o de dos fracciones de media hora en ese horario).