PLANTEAMIENTO
Un trabajador autónomo o por cuenta ajena que es padre tiene la obligación de disfrutar la prestación por paternidad las 6 primeras semanas:
¿las restantes semanas son un derecho o una obligación?
RESPUESTA
Considerando los datos aportados, y entendiendo que lo que quieren preguntar es la posibilidad de no disfrutar las 10 últimas semanas, tal y como indica, efectivamente desde el 1 de enero de 2021 en adelante es obligatorio el disfrute de las 6 primeras semanas tras el nacimiento, acogida o adopción, respecto de la jornada total, para todos los trabajadores varones por cuenta ajena y autónomos. Las restantes semanas son un derecho y no una obligación, por lo que se puede renunciar a ellas, es decir, esas 10 semanas restantes hasta que el menor cumpla 12 meses pueden no ser solicitadas, de tal forma que no cobraría la prestación pero tampoco estaría acogiéndose a ese derecho, por lo que tendría que acudir a trabajar.