PERMISOS EN CASO DE MATRIMONIO DIVORCIADO

nayade

Miembro activo
Buenos días, una pregunta, en caso de un matrimonio divorciado, si fallece la madre de uno de los ex conyuges, la ex pareja, ¿tiene permiso por fallecimiento?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si es simple "separación", siguen siendo "conyuges", por tanto, corresponden los permisos, pero si se trata de divorcio... el vínculo matrimonial se ha disuelto, dejan de ser "parientes" (y lo de ser la madre de mi hijo, si fuera el caso, no sirve, recordemos que el parentesco por consanguineidad viene desde los ascencientes no de los descendientes.
 
Última edición:

nayade

Miembro activo
En relación a este caso, ¿sabeis si hay algún documento donde se pueda ver que los exconyuges ya no tienen ningún tipo de vínculo?
 

IVO

Miembro conocido
Si ya estan separado legalmente no serian familia politica por lo que no le corresponderia...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si ya estan separado legalmente no serian familia politica por lo que no le corresponderia...
Reitero que en caso de separación, a diferencia del divorcio, se mantiene le vínculo conyugal, esto es, siguen siendo cónyuges y, por tanto, los consanguíneos de uno son los afines del otro.
Por ello, en caso de separación, la madre del otro cónyuge sigue siendo su suegra (parentesco por afinidad de primer grado ascendente), por lo que corresponde permiso, pero si existe divorcio, se ha disuelto el vínculo conyugal, los familiares consanguíneos de uno dejan de ser afines del otro y la que era su suegra es ya ex-suegra, con la que ya no le une parentesco alguno y, por tanto, no corresponde permiso.

Insisto en la importancia a estos efectos (entre otros) de distinguir entre separación y divorcio.
 

IVO

Miembro conocido
Reitero que en caso de separación, a diferencia del divorcio, se mantiene le vínculo conyugal, esto es, siguen siendo cónyuges y, por tanto, los consanguíneos de uno son los afines del otro.
Por ello, en caso de separación, la madre del otro cónyuge sigue siendo su suegra (parentesco por afinidad de primer grado ascendente), por lo que corresponde permiso, pero si existe divorcio, se ha disuelto el vínculo conyugal, los familiares consanguíneos de uno dejan de ser afines del otro y la que era su suegra es ya ex-suegra, con la que ya no le une parentesco alguno y, por tanto, no corresponde permiso.

Insisto en la importancia a estos efectos (entre otros) de distinguir entre separación y divorcio.
Cierto, yo por separacion legal entendia un divorcio pero efectivamente son conceptos distintos. Gracias por la reiteracion
 
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