PLAZO VARIACION JORNADA

marblu

Miembro
Buenos días:

El plazo para variar la jornada en hogar es de 3 días naturales o podré modificarla con fecha 1 de Febrero sin problemas?

Muchas gracias!.
 

luca2020

Miembro
Yo acabo de poner 1 de febrero y me ha dejado.

Otro tema, en mi programa de gestión he hecho el cambio del salario base y la prorrata. Sale 1260, pero para calcular las bases de cotizacion (Contingencias comunes, profesionales,desempleo...) lo hace con la cantidad de 1.166,67€, está mal verdad? Debía calcularse sobre la nueva cantidad: 1260€? Si es así para llamar a los del programa.

Un saludo.
 

PEDRO

Miembro conocido
A lo mejor estoy preguntando algo obvio pero como ya no se a que atenerme ¿se puede realizar una variación de jornada a mitad de mes?
Lo pregunto porque han acordado que la empleada quede de vacaciones ahora 15 días y cuando se incorpore el día 16 de marzo va a cambiar a menos jornada.
 

Raquelcs

Miembro activo
Buenos días
refloto este tema, porque aunque ya sé que ahora en sistema red nos dejan hacer cambios hasta la confirmación de las liquidaciones, no me fío ni un pelo de que luego lo consideren fuera de plazo y sancionen.
Yo tenía entendido de siempre que si comunicamos una variación de jornada dentro de los 3 primeros días del mes, puede ir referida al día 1 del mes anterior. Estoy revisando el reglamento de afiliación pero no localizo esto. No sé si no lo veo porque estoy ya agotada o es que está en otra norma o no existe. ¿Os suena de algo? ¿Dónde puedo encontrar justificación legal de esto?
 

MarLo

Miembro conocido
Buenos días
refloto este tema, porque aunque ya sé que ahora en sistema red nos dejan hacer cambios hasta la confirmación de las liquidaciones, no me fío ni un pelo de que luego lo consideren fuera de plazo y sancionen.
Yo tenía entendido de siempre que si comunicamos una variación de jornada dentro de los 3 primeros días del mes, puede ir referida al día 1 del mes anterior. Estoy revisando el reglamento de afiliación pero no localizo esto. No sé si no lo veo porque estoy ya agotada o es que está en otra norma o no existe. ¿Os suena de algo? ¿Dónde puedo encontrar justificación legal de esto?
es correcto, aparece en un boletín red... 7/2021 de diciembre... puede también que en alguno posterior.

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ASTRO

Miembro activo
esto a mi me crea mucha inseguridad, porque ese es el boletín que para ellos no trabajar poniendo en plazo los mil Casia que enviábamos, dijeron que se podía hacer la modificación hasta la próxima liquidación y luego enviaron notas aclaratorias diciendo que SI se podía hace rla modificación en todo el mes hasta la liquidación pero que los plazos seguían siendo los plazos de siempre. Entonces dejar modificarlo nos deja pero estaría fuera de plazo si ellos quieren.
 
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