Pluriempleo, Riesgo embarazo, Baja IT

Stabilo

Nuevo miembro
Hola,

Soy una trabajadora pluriempleada con 2 trabajos en el mismo regimen general pero distinta actividad.

En la empresa 1 me han concedido el riesgo de embarazo por que no pueden cambiarme de puesto.

En la empresa 2 como no tiene riesgo pues todavía no me pueden conceder el riesgo de embarazo.

La cuestión es la siguiente

En la empresa 1 me está pagando la mutua el riesgo de embarazo.

En la empresa 2 desde hace unas semanas me han dado una baja por IT.

La pregunta es:

Es compatible las dos prestaciones estando en empresas distintas?

Según tengo entendido si es de una empresa las dos prestaciones no son compatibles

"Incapacidad temporal y riesgo durante el embarazo

Cuando la trabajadora se encuentre en situación de incapacidad temporal (IT) y, durante la misma, solicite la prestación de riesgo durante el embarazo, no procederá el reconocimiento, en su caso, del subsidio hasta que se extinga la situación de IT por cualquiera de las causas legal o reglamentariamente establecidas.
Cuando la trabajadora se encuentre en situación de riesgo durante el embarazo y durante la misma solicite la prestación por IT, no procederá el reconocimiento de ésta hasta la finalización de la situación de riesgo durante el embarazo, si reúne en ese momento los requisitos necesarios para acceder a la IT.
Cuando la trabajadora se encuentre en situación de riesgo durante el embarazo y durante ella se extinga su contrato, por alguna de las causas previstas en el artículo 267 del Texto Refundido de la LGSS , la prestación por riesgo durante el embarazo se extinguirá, pasando entonces a la situación legal de desempleo y a percibir, si reúne los requisitos necesarios, la correspondiente prestación."

Pero en pluriempleo no me aclaro.

he visto esto

"¿Se puede acceder al subsidio de incapacidad temporal durante la situación de riesgo durante el embarazo?

Solamente, en los casos de pluriempleo o pluriactividad, cuando la situación de riesgo durante el embarazo afecte a una o a alguna de las actividades realizadas por la trabajadora, pero no a todas, podría acceder al subsidio de incapacidad temporal en aquellas actividades que siga desarrollando y en las que no se haya declarado el riesgo."

A ver si podéis echarme una mano ya que estoy con la duda.

Muchas gracias
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Es cierto, si estas de baja médica el riesgo por el embarazo no lo conceden hasta que no estés en activo. En un caso normal si tienes la baja en una empresa automáticamente estás de baja por it en la otra también. Pero aquí veo una cosa que igual sería para estudiarla. Una vez que empiezas el riesgo por embarazo en una empresa ¿porqué no vas a entrar en IT en la otra unos días más tarde? Creo que lo que es incompatible es al revés, si estás de baja no puedes acceder al riesgo. ¿Qué fechas tienes? ¿El mismo día?
 

Stabilo

Nuevo miembro
Es cierto, si estas de baja médica el riesgo por el embarazo no lo conceden hasta que no estés en activo. En un caso normal si tienes la baja en una empresa automáticamente estás de baja por it en la otra también. Pero aquí veo una cosa que igual sería para estudiarla. Una vez que empiezas el riesgo por embarazo en una empresa ¿porqué no vas a entrar en IT en la otra unos días más tarde? Creo que lo que es incompatible es al revés, si estás de baja no puedes acceder al riesgo. ¿Qué fechas tienes? ¿El mismo día?
Hola,

Las fechas son:

El riesgo de embarazo se concede el 10 de enero en empresa 1.

La baja it se dá el 15 de febrero en empresa 2.

Gracias y un saludo.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Vale, pues entonces no veo el problema. Una vez que está concedido el permiso por riesgo, no veo incompatibilidad alguna. Repito, el caso contrario es porque para que te concedan el riesgo tienen que valorar que ese trabajo está afectando a tu estado y si estás de baja no trabajas y no hay valoración posible. Salvo mejor opinión.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Es más, ahora miro las FAQ de la seguridad social y así te lo pone.
Solamente, en los casos de pluriempleo o pluriactividad, cuando la situación de riesgo durante el embarazo afecte a una o a alguna de las actividades realizadas por la trabajadora, pero no a todas, podría acceder al subsidio de incapacidad temporal en aquellas actividades que siga desarrollando y en las que no se haya declarado el riesgo.
 

Stabilo

Nuevo miembro
Vale, pues entonces no veo el problema. Una vez que está concedido el permiso por riesgo, no veo incompatibilidad alguna. Repito, el caso contrario es porque para que te concedan el riesgo tienen que valorar que ese trabajo está afectando a tu estado y si estás de baja no trabajas y no hay valoración posible. Salvo mejor opinión.
Gracias,

Es que le estoy dando muchas vueltas a este tema, dado que hasta en la propia mutua me dijeron como que no era compatible (pero creo que se hicieron un lío con el pluriempleo)

El caso es que me siguen pagando de los 2 sitios, (de la mutua por el riesgo en empresa 1) y (de la it en la empresa 2).

Y no quiero tener problemas de devolución del dinero (aunque no lo estoy ni tocando, lo guardo por si acaso) y sobre todo en la declaración de la renta, que me estén pagando algo "indebido", que ellos lo declaren como pagado y luego me digan que devuelva el dinero, pero no me lo cambien en el 190 y en hacienda les salga que he cobrado x cantidad y realmente no la he cobrado por que la he devuelto.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Ya... no me extraña que le des vueltas, con la que se está armando con las prestaciones de desempleo, ahora de miedo todo...
 
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