El convenio colectivo establece: "
Las partes firmantes de este acuerdo acuerdan consolidar un complemento económico que
consistirá en un pago único anual, consistente en el monto de un pago mensual por cada categoría
profesional calculado de acuerdo con las tablas salariales vigentes en cada momento, incrementado con
complementos de reconocida antigüedad de cada trabajador.
Tendrán derecho a este concepto retributivo todos los trabajadores que hayan tenido una relación
contractual con la empresa en los doce meses anteriores al pago con un mínimo de 300 días
entre el 1 de septiembre y el 31 de agosto.
Las partes acuerdan que el pago se realizará con la nómina de septiembre de cada año."
Entendeis que los requisitos son el primer año y ya queda consolidado para siempre o en su caso hay que ver año a año si los requisito se cumplen (300 días de vinculación desde septiembre a agosto de ese año de pago) y en función de si cumple o no se abona el plus?
Gracias
Las partes firmantes de este acuerdo acuerdan consolidar un complemento económico que
consistirá en un pago único anual, consistente en el monto de un pago mensual por cada categoría
profesional calculado de acuerdo con las tablas salariales vigentes en cada momento, incrementado con
complementos de reconocida antigüedad de cada trabajador.
Tendrán derecho a este concepto retributivo todos los trabajadores que hayan tenido una relación
contractual con la empresa en los doce meses anteriores al pago con un mínimo de 300 días
entre el 1 de septiembre y el 31 de agosto.
Las partes acuerdan que el pago se realizará con la nómina de septiembre de cada año."
Entendeis que los requisitos son el primer año y ya queda consolidado para siempre o en su caso hay que ver año a año si los requisito se cumplen (300 días de vinculación desde septiembre a agosto de ese año de pago) y en función de si cumple o no se abona el plus?
Gracias