Cierto, Raquel, igual, con las experiencias de cada uno nos hemos ido apartando del planteamiento inicial del tema, que era:
"... dejar a un trabajador una cantidad de dinero muy por encima de su salario, para ser descontado mensualmente en su nómina, ..."
Y esto, para Hacienda es una retribución en especie.
Obviamente, si estamos adelantando una pequeña cantidad y que será reintegrada por el trabajador en breve plazo no tenderemos que complicarnos más, pero, por concepto, todo adelanto de salario aún no devengado, tiene esa calificacion.
Al final el concepto prácticamente será el mismo, independientemente de la cantidad y plazo (y partiendo de la base que no aplicamos interés o, de aplicarlo, está por debajo del interés legal del dinero), pero que tenga una dimension o no hara que la cosa cante más o menos
¿Qué es como si me lo dejara mi tío?. Vale, de acuerdo. Pero es que si mi tío me deja su coche el fin de semana tampoco tendremos que preocuparnos si eso es retibucion en especie o no (es una simple liberalidad de mi tío que dudo alguien pueda buscarle más trascendencia), pero si resulta que mi empresa me deja para uso privado un vehículo de empresa la cosa cambia. Y aunque sólo me lo deje un fin de semana ya es retibucion en especie, lo que ocurre es que si en lugar de un fin de semana me lo deja indefinidamente, la contingencia es mayor, y la conveniencia de darle el tratamiento legalmente adecuado también aumenta.
Recibe tambien mi afecto, que si ya te admiro cuando estás cañera, cuando estás simpatica y generosa ya no te cuento.
Saludos