Hola, os paso esta interesante sentencia. Un autónomo que cierra por motivos económicos. En todo caso ¿debe acreditar pérdidas superiores al 10 % de los ingresos en un año completo? Un juzgado de lo social de Santander entiende que no.
""Tras examinar la legislación vigente, que enumera una serie de circunstancias que darían lugar a la obtención de la prestación, entre ellas, la tener pérdidas del diez por ciento, explica el magistrado que la normativa recoge una enumeración de supuestos en los que automáticamente se entenderán concurrentes aquellos motivos habilitantes de la prestación, no excluyente de otros posibles”", estimando que basta con que los ingresos sean tan escasos que impidan la viabilidad del negocio, sin que se de un resultado contable objetivamente negativo.
Aquí la noticia en prensa
Y aquí la noticia en la página poderjudicial.es con enlace al texto completo de la sentencia
""Tras examinar la legislación vigente, que enumera una serie de circunstancias que darían lugar a la obtención de la prestación, entre ellas, la tener pérdidas del diez por ciento, explica el magistrado que la normativa recoge una enumeración de supuestos en los que automáticamente se entenderán concurrentes aquellos motivos habilitantes de la prestación, no excluyente de otros posibles”", estimando que basta con que los ingresos sean tan escasos que impidan la viabilidad del negocio, sin que se de un resultado contable objetivamente negativo.
Aquí la noticia en prensa
La Justicia concede a un autónomo con ingresos y sin pérdidas la prestación por cese de actividad
Estas han sido las razones por las que un Juzgado de lo Social ha permitido que un autónomo sin pérdidas termine cobrando el cese de actividad.
noticiastrabajo.huffingtonpost.es
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