Yo no lo veo, a no ser que el contrato que tenga es a jornada parcial, ahí me surge la duda. Tu que dices cachilipox?
Dos situaciones:
La primera es que si disfrutas la suspensión prestacionada a tiempo parcial, se supone que sigues trabajando en tu empresa habitual a tiempo parcial, así que en principio no te queda jornada laboral disponible para prestar servicios en otras empresas, sin incumplir la incompatibilidad general entre trabajo y prestación.
La segunda situación posible es un "gap" legal.
Trabajador que venía prestando servicios 1/2 jornada (por tanto, ni trabajaba ni tiene prestación por la otra 1/2).
Tiene una criatura, y merita derecho a prestación. Pero claro, prestaciona solo la jornada laboral que suspende, la 1/2 jornada habitual.
Por A o por Z, decide trabajar puntualmente la otra 1/2 que no venía trabajando, y que no tiene ni prestacionada ni suspendida......
Esta segunda situación es la típica en que su señoría podría perfectamente "interpretar" y dictaminar en sentencia que es plenamente compatible.