Buenos días, jcg73.
Yo también considero que cumpliría todos los requisitos para la jubilación anticipada derivada del cese en el trabajo por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador.
He consultado con el INSS y me han dicho que el programa no está habilitado para hacer este tipo de cálculos de jubilación anticipada tan especiales (contrato de 6 meses en RG, después de haber estado cotizando en RETA durante 18,56 años y despido objetivo por causas económicas sin derecho a prestación por desempleo), dado que hay que comprobar muchas cosas. Hay que dirigirse a la oficina del INSS correspondiente. Ahí, analizarán, en detalle, el contrato de trabajo de los 6 meses en el RG, la autenticidad de las causas del despido, etc., antes de acordar o no la pensión de jubilación.
De todas forma, esta persona, al haber cotizado ya 35,84 años a la SS, podrá optar a la jubilación anticipada voluntaria el 16/05/2014 (en vez del 30/04/2014, para la jubilación anticipada involuntaria). Si hay una diferencia en la cuantía de la pensión de jubilación, sería muy pequeña (0,125% por trimestre).
En el hipotético caso de que este hilo tenga relación con el hilo "otra curiosidad", quizás fuera mejor no complicarse la vida y optar por la jubilación voluntaria a los 63 años. No sé yo.
Un saludo.