Juliana116
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Buenos días! tengo una duda ante la siguiente situación: una empresa viene pagando en las nóminas las pagas extras prorrateadas a pesar de que el convenio lo prohíbe; el convenio no especifica la sanción que conlleva saltarse esta prohibición. Un trabajador que fue despedido de esta empresa está reclamando las pagas extras pero según he leído en la sentencia del TS del 18/05/2022 si el convenio prohíbe el prorrateo de pagas extras pero no establece una sanción por este hecho, se exime al empresario de pagar estas pagas extras porque imponer al empresario la obligación de abonar de nuevo las pagas extras generaría una duplicidad en el pago y considera que la vía para canalizar las posibles infracciones es la administrativa, con la intervención de la Inspección de Trabajo. Mi pregunta es: ¿qué sanción puede imponer la inspección de trabajo en esta situación? ¿Habéis tenido este caso?
Muchas gracias por vuestra ayuda
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