publicadas nuevas intrucciones SEPE

BLS

Nuevo miembro
Entonces ha desaparecido la hoja de fin de erte?
Pues yo cada vez estoy mas liada, no me entero...
 

Ferinho

Miembro activo
NOEMI dijo:
esto no estaba ya? no se si me he perdido algo... como ya no se ni quien soy....

en la parte de abajo sale el nuevo link :

A continuación encontrarás una Guía Básica para comunicar las MODIFICACIONES que se realicen sobre los ERTE debidas a la incorporación progresiva a la actividad.
 

PEDRO

Miembro conocido
Una duda, en las reducciones en el excel se indica el porcentaje de reducción pero en la base de cotización ¿que indicamos? ¿la base de cotización que tiene a tiempo completo o indicamos esta ya reducida?.
Yo quiero entender que se indica la base sin reducción pues en las instrucciones de la excel dice lo siguiente:
La base reguladora será el promedio diario de cotización de los 180 últimos días trabajados antes de la suspensión o reducción de la jornada (o periodo inferior, para el trabajador que lleve menos tiempo en la empresa). Si durante dicho periodo el trabajador hubiera tenido reducción de jornada por guarda legal o por ser víctima de violencia, para el cálculo de la base reguladora se incrementarán las bases de cotización hasta la cuantía que hubiera correspondido de no encontrarse en dicha situación.

¿Alguien me puede aclarar algo?
 

fundación

Miembro conocido
Esto es lo último que he visto, espero que no haya quedado desfasado (no es mío: yo no escribiría gúia)

arstcV8.png
 

kandraka

Miembro activo
Visto el "esquema cuadro variaciones erte", el lunes lo intentaré descifrar, tengo ya el cerebro fundido.
Buen fin de semana a todos.
 

pepelu

Miembro activo
consultaré con la nasa a ver si nos lo descifran.
Me surgen muchas dudas, hasta final de mes no podremos saber con seguridad que jornada tienen algunos trabajadores, porque igual una semana estan a tiempo parcial y otra a tiempo completo, no tengo la bola de cristal.
 

AL1978

Miembro conocido
De verdad que todo menos hacerlo sencillo...

Ojo a la mecanica de las reducciones....jajajaj

Como funciona tan bien el Redsara... primero excel de bajas y luego los vuelves añadir en otro excel de altas a tiempo parcial por si tienen poco lío.......
Tampoco se deja claro si hay que volver a añadir los datos de teléfono y número de cuenta y el cálculo de nueva base....

Poco nos pasa, de verdad


 

Vhaidran

Miembro
Entonces cuando un trabajador pasa de suspensión a reducción, hay que presentar el Excel de baja de ERTE (el de color naranja) y volver a enviar el Excel de color morado de solicitud colectiva especificando a los trabajador que se han incorporado en reducción de jornada, con la misma base reguladora que ya tenían (si han estado en suspensión sin ningún tipo de incorporación durante ese período) y no hay que presentar ningún certificado nuevo de empresa?

 

AL1978

Miembro conocido
Vhaidran dijo:
Entonces cuando un trabajador pasa de suspensión a reducción, hay que presentar el Excel de baja de ERTE (el de color naranja) y volver a enviar el Excel de color morado de solicitud colectiva especificando a los trabajador que se han incorporado en reducción de jornada, con la misma base reguladora que ya tenían (si han estado en suspensión sin ningún tipo de incorporación durante ese período) y no hay que presentar ningún certificado nuevo de empresa?

Entiendo que no, si te parece poco?  ;D Perdona es que me tengo que reír o tirarme a la vía

Yo ya tengo para el lunes para incorporar unos cuantos a t/p y todo previo....
 

Argi

Miembro conocido
Certificados de empresa no hay que mandar.

En el excel de baja las instrucciones  indican que hay que señalar la fecha de reincorporación y las instrucciones sobre cómo cumplimentar la solicitud colectiva dicen que hay que poner: reduccion, y el porcentaje de jornada diaria que trabaja (por lo menos eso nos lo ponen fácil), y la misma base diaria que se envió inicialmente. La fecha de inicio entiendo que tiene que ser la de la reincorporación, es decir la misma que se pone en el excel de baja.

Un saludo,
 

kandraka

Miembro activo
¿Y el envío previo?  Tengo trabajadores que han pasado de suspensión a reducción el 11 de mayo. ¿Viajo en el tiempo para hacer el envío? ;D
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Yo aun estoy debatiendo mentalmente lo de "previa comunicación". Quiero entender (o mejor dicho, no sé si me autoengaño en entender) que ellos regularizarán las prestaciones de las personas que vayan iniciando la actividad cuando se hayan presentado los excel correspondientes, no que lo tengamos que presentar de forma previa a la reincorporación. Es decir, que lo mandas cuando quieras, pero de forma prudente antes del 25 de cada mes para no generar prestaciones indebidas, o cuanto antes puedas mejor... y ellos una vez que reciban el excel (y les de la gana de registrarlo  :mad:) entonces regularizarán la prestación.  ¡Ojalá sea como yo díga!  Es que lo de previo sin saber si dentro del mes vas a volver a cambiar la jornada de nuevo al trabajador buf me parece complicar la cosa demasiado, porque no vamos a dejar de presentar inútilmente cosas.... bueno que ya no sé si piensan en nada hace tiempo...
 

PEDRO

Miembro conocido
Visto el cuadro de como comunicar las variaciones como siempre las dudas:

El real decreto 18/2020 habla de comunicación previa, en los tipos 1 y 2 del cuadro es posible esta comunicación enviando en su caso la baja y le colectivo, pero en los siguientes casos nada indica, solo que hay que enviar los periodos de actividad ¿y si viene un inspector o le pasa algo al trabajador durante el trabajo? ¿como acreditamos que no estaba trabajando y "cobrando paro"?
Miedo me da. Porque lo unico que se me ocurre es enviar los ficheros de procedimiento ¿pero cuales si no sabes si el trabajador traba 1 días 2 a tiempo completo o parcial?.
Es un poco de locos
 

PEDRO

Miembro conocido
Se me olvidaba, antes los periodos de actividad se enviaban a mes vencido, pero ahora parece ser que antes del 25 mes en curso ¿es cierto eso? porque si es así como voy a enviar lo que va a trabajar para acabar el mes si no se lo que va a trabajar.
 
Arriba