PUTOS CATAS Y P.... MUTUAS

Sanson

Nuevo miembro
Es una locura lo de las mutuas. Les pienso mandar a todos lo clientes a reclamarles a ellos allí. ¿no les cobran?, pues que trabajen
 

toni

Miembro conocido
Las mutuas no tienen nada que ver, tambien estan hasta los huevos, son unos simples intermediarios...
 

Argi

Miembro conocido
Las mutuas no tienen nada que ver, tambien estan hasta los huevos, son unos simples intermediarios...
En parte puede que sí, pero yo veo diferentes formas de abordar el tema según qué mutuas. Algunas facilitan y limitan al máximo lo que les tenemos que remitir y otras piden y piden y piden como el conejito de duralex. Yo estos detallitos me los apunto en el disco duro
 

toni

Miembro conocido
En parte puede que sí, pero yo veo diferentes formas de abordar el tema según qué mutuas. Algunas facilitan y limitan al máximo lo que les tenemos que remitir y otras piden y piden y piden como el conejito de duralex. Yo estos detallitos me los apunto en el disco duro
Cierto es que segun parece cada mutua pide una cosa u otra, pero ellos se limitan a reclamar segun instrucciones de "arriba".

Por decirlo de otro modo, ellos no han puesto el dinero para los catas de las cuotas de sus afiliados o de lo que sea, les han dieron el dinero para "pagar" y ahora les han dicho que nada, a "reclamar", pero bueno que no voy a entrar en polemicas...
 

MarLo

Miembro conocido
Las mutuas no tienen nada que ver, tambien estan hasta los huevos, son unos simples intermediarios...
intermediarias como las balas en la guerra... ;)estará hasta los huevos el currito que tiene que tratar con nosotros, pero a las Mutuas, así en general, ejem...
 

TMT

Miembro activo
El problema son los societarios, que el certificado es de la sociedad y se tiene que solicitar sí o sí telemático
En societario Ibermutua pide certificado iae de la persona no de la sociedad. Yo he presentado varios y sin problemas, Pero he mandado al cliente a AEAT para que le expidan uno de IAE de 2020 que sale negativo. Lo presento y arreglado. EL primero como estaba luchando con ellos de que si no lo puedo sacar por la web, etc lo denegaron presentando varios certificados pero claro ninguno de 2020 y en reclamación previa me lo estimaron. Así que los siguientes directamente a la AEAT y sin problemas. Mi consejo es que lo hagáis así si no no vais a conseguir nada. igual tenéis que ir después al juzgado porque es bastante dinero ya que además pierdes la bonificación de las cuotas de autónomo. Luego se ganaría pero de momento le comunican a la TGSS que esta denegada y la TGSS en breve te hace pagar un dineral en cuotas. A mi también me jode pero luego el cliente te dice que como devuelve ese dinero, si es que no se podía haber arreglado amistosamente y que un amigo suyo su asesor presento el papelito de 2020 y porque nosotros no.
 

MarLo

Miembro conocido
Lo que hacen las mutuas es claramente una investigación prospectiva, como la de juez Peinado a Begoña...

Veamos, por ejemplo... me dicen

1721726520239.png
Pues bien, esta Mutua no dejaba sacar resguardo de lo que se presentaba, pero yo tengo pantallazo de la solicitud, y en aquel momento... noviembre de 2020, no solo se les decía en que orden estaba publicada la obligación de cierre para hostelería...

1721726276744.png

Es que además, se le adjuntaba dicha orden...

1721726655992.png
 

Nikki_sp

Miembro conocido
¿pero para que sirve el certificado IAE? Nosotros no dimos a nadie de baja en IAE por los cierres de actividades. No habia actividad, pero no tocabas IAE ni dabas a nadie de baja en RETA.
 

TMT

Miembro activo
¿pero para que sirve el certificado IAE? Nosotros no dimos a nadie de baja en IAE por los cierres de actividades. No habia actividad, pero no tocabas IAE ni dabas a nadie de baja en RETA.
para que vean que no ha tenido ninguna otra actividad.
 

Alexia

Miembro activo
En societario Ibermutua pide certificado iae de la persona no de la sociedad. Yo he presentado varios y sin problemas, Pero he mandado al cliente a AEAT para que le expidan uno de IAE de 2020 que sale negativo. Lo presento y arreglado. EL primero como estaba luchando con ellos de que si no lo puedo sacar por la web, etc lo denegaron presentando varios certificados pero claro ninguno de 2020 y en reclamación previa me lo estimaron. Así que los siguientes directamente a la AEAT y sin problemas. Mi consejo es que lo hagáis así si no no vais a conseguir nada. igual tenéis que ir después al juzgado porque es bastante dinero ya que además pierdes la bonificación de las cuotas de autónomo. Luego se ganaría pero de momento le comunican a la TGSS que esta denegada y la TGSS en breve te hace pagar un dineral en cuotas. A mi también me jode pero luego el cliente te dice que como devuelve ese dinero, si es que no se podía haber arreglado amistosamente y que un amigo suyo su asesor presento el papelito de 2020 y porque nosotros no.
Pues a mí por teléfono me dijeron que certificado de la sociedad, aunque también le he dicho a los autónomos que vayan a solicitar el suyo personal para aportar los dos...
A los que lo estáis solicitando telemático, alguno lo ha recibido ya? Es que me da que el de la sociedad vamos a tardar en recibirlo
 

TMT

Miembro activo
Pues a mí por teléfono me dijeron que certificado de la sociedad, aunque también le he dicho a los autónomos que vayan a solicitar el suyo personal para aportar los dos...
A los que lo estáis solicitando telemático, alguno lo ha recibido ya? Es que me da que el de la sociedad vamos a tardar en recibirlo
A mi también me lo pidieron por teléfono pero les dije que el cata lo cobra la persona física y no la sociedad y que las actividades si las hubiera tenido nuevas la sociedad aparecerían de baja o de alta en el certificado de 2021 de censos de la sociedad. Sin problemas
 

Inma.2

Miembro activo
Hola compañer@s, os quiero consultar a ver como lo veis vosotros....

He recibido varios trámites de audiencia de ASEPEYO de AUTONOMOS SOCIETARIOS, en ellos me constatan como causa que no se cumple lo siguiente:
"- La Base reguladora aplicada, que fue 1214,10 debiendo ser 944,40"

yo leyendo el literal de la ley (artículo 13 R.D. ley 30/2020) dice....

“b) La cuantía de la prestación será del 50 por ciento de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada”

Y me dicen que ellos hacen esa interpretación, pero si la base del societario era de 1214,10 porque han de aplicar la correspondiente a persona física?????

¿lo veis vosotros así???

muchas gracias,
 

MarLo

Miembro conocido
Hola compañer@s, os quiero consultar a ver como lo veis vosotros....

He recibido varios trámites de audiencia de ASEPEYO de AUTONOMOS SOCIETARIOS, en ellos me constatan como causa que no se cumple lo siguiente:
"- La Base reguladora aplicada, que fue 1214,10 debiendo ser 944,40"

yo leyendo el literal de la ley (artículo 13 R.D. ley 30/2020) dice....

“b) La cuantía de la prestación será del 50 por ciento de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada”

Y me dicen que ellos hacen esa interpretación, pero si la base del societario era de 1214,10 porque han de aplicar la correspondiente a persona física?????

¿lo veis vosotros así???

muchas gracias,
querrán papelitos que acrediten la condición de autónomo societario. así todo. ya lo puse en otro hilo... en una mutua de cuyo nombre no quiero acordarme, trámite de audencia porque decían que había que devolver dinero al haber otro conviviente que cobró misma prestación... era falso, hubo que mover el culo aportando certificado de empadronamiento familiar y firmaron hasta hijos menores declaración responsable...
 
Última edición:

JuanMar

Nuevo miembro
Lo que hacen las mutuas es claramente una investigación prospectiva, como la de juez Peinado a Begoña...

Veamos, por ejemplo... me dicen

Ver el archivos adjunto 3479
Pues bien, esta Mutua no dejaba sacar resguardo de lo que se presentaba, pero yo tengo pantallazo de la solicitud, y en aquel momento... noviembre de 2020, no solo se les decía en que orden estaba publicada la obligación de cierre para hostelería...

Ver el archivos adjunto 3478

Es que además, se le adjuntaba dicha orden...

Ver el archivos adjunto 3480
Hombre, decir que la investigación de Begoña es prospectiva... Si te has quedado un software que ha costado 120.000 € y era de la Universidad, y lo tienes en tu empresa privada y a tu nombre, mucha prospección no hay que hacer...

Aun así, este Real Decreto-Ley 30/2020, en lo que respecta a los ceses de actividad, está DEROGADO, por lo que las mutuas no tienen el soporte legal habilitante para poder revisarlo, claramente tiene recorrido en los juzgados. Pero a ver quién se mete a pelear eso.
 

Inma.2

Miembro activo
querrán papelitos que acrediten la condición de autónomo societario. así todo. ya lo puse en otro hilo... en una mutua de cuyo nombre no quiero acordarme, trámite de audencia porque decían que había que devolver dinero al haber otro conviviente que cobró misma prestación... era falso, hubo que mover el culo aportando certificado de empadronamiento familiar y firmaron hasta hijos menores declaración responsable...
nooo Marlo, ya saben que son societarios, pero me dicen que la base de cotización sobre la que se calcula la prestación (50%) debe ser la de 944,40 que era la base mínima del autónomo persona física en el 2020, pero yo pienso que si era societario tendría que aplicar la mínima del societario que era 1214,10

¿¿??
 

MarLo

Miembro conocido
nooo Marlo, ya saben que son societarios, pero me dicen que la base de cotización sobre la que se calcula la prestación (50%) debe ser la de 944,40 que era la base mínima del autónomo persona física en el 2020, pero yo pienso que si era societario tendría que aplicar la mínima del societario que era 1214,10

¿¿??
ostrás, pues otra más... ya vi que están peleando las medias del RDL de marzo


pero esta es nueva porque el 30/2020 habla de "base mínima según actividad" como bien dices... los societarios tienen su base mínima. ¿se podría ver lo que resolvieron otras mutuas para casos similares por si tuviesen criterios contradictorios?
 
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