Que horror!A mí me están llegando un montón, sobre todo de MC. La más "graciosa" de todas es que una de una autónoma colaboradora en la que le dicen que le han detectado que "según sus datos" durante el tiempo que estuvo percibiendo la prestación CATA del 30/2020, además cobró prestación de IT y ambas prestaciones eran incompatibles... Reviso todo (yo no estaba en esta empresa en esa época) y veo que no se solicitó la prestación de IT porque estuvo pocos días de IT y porque era incompatible con la CATA. Hablo con el gestor de la mutua y me dice: Efectivamente, en esa época no solicitó la prestación de IT, así que no cobró nada.
Me piden que presente un escrito del INSS de que no cobró esa prestación en esas fechas concretas. PERO QUÉ ESCRITO DEL INSS, SI LAS PRESTACIONES DE IT LAS GESTIONÁIS Y SE LA PAGARIAIS VOSOTROS
Además imposible conseguir cita para ir presencialmente al INSS a pedirlo (no se puede sacar por SEDESS) para contestar en plazo.
Perdón. Es que necesitaba desahogarme
Haz lo que dice TMT. En la inmensa mayoría de los casos, se tributa por cese de actividad desde enero 2019. Y normalmente para la prestación del RD 2/2021 aun había carencia. Yo he tenido un caso reciente (precisamente del titular del despacho). Saltó porque en el archivo informático de la mutua constaba que cotizaba por cese de actividad desde junio 2019 (en lugar de desde enero 2019) lo cual no era así. Resulta que el autónomo iba por el INSS hasta mayo 2019, y la Mutua tenía informatizado que cotizaba por cese de actividad solo desde que empezó con ellos. Por teléfono me dijeron que presentara la reclamación y me la aceptarían.Hola, tengo unas revisiones de CATA que indican: "No tener cubierto el periodo mínimo de cotización por cese de actividad a que se refiere el artículo 7.1 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 338 del RD legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Debe tenerse en cuenta, se consideran consumidas las cotizaciones computadas para el reconocimiento del derecho de una prestación extraordinaria anterior (de las reguladas en los artículos 9 del RDl 24/2020 y en la Disposición Adicional Cuarta del RDl 30/2020)." ¿Alguna idea de cómo justificar esto? porque no sale ningún informe en sistema red ni en importas de la fecha desde que se cotiza por cese. Puedo sacar IDC del autónomo, pero solo de 12 meses hacia atrás.
En consulta de recibos emitidos puedes decargar todos los recibos de autonomo, al abrir el recibo te salen los conceptos por los que cotiza. Puedes verlo desde SISTEMA RED o en la sede de la Seg. Social con certificado digital del autonomo. Te deja sacar desde 06/2018Raquelcs quería saber como ver si cotizaba por cese de actividad y desde cuando y como no puede verlo mas allá de 12 meses antes con un idc le hemos dicho como comprobarlo. Si lo compruebas y resulta que se han equivocado pues para justificar que tienes las cotizaciones por cese de actividad yo mandaría un casia y que te digan desde cuanto las tiene
Que recibos aportais? @TMTHola a todos! Yo estoy igual... tengo varios con el tema del tiempo cubierto por cese de actividad... No0se como justificarlo...ya que se supone que han agotadola carencia con las anteriores prestaciones COVID... A que os referís conla consulta de los recibos de autonomo?? que aportais?Los recibos de los meses que ha afectado a la prestación que deniegan??
Muchas gracias
Te refieres por sistema red o por importass?En consulta de recibos emitidos puedes decargar todos los recibos de autonomo, al abrir el recibo te salen los conceptos por los que cotiza. Puedes verlo desde SISTEMA RED o en la sede de la Seg. Social con certificado digital del autonomo. Te deja sacar desde 06/2018
Te refieres por sistema red o por importass?
es que si es por sistema red no te desglosa la cuota. por importass si que podrías imprimar pantalla
Muchas gracias!Yo no he tenido que justificar nada de esto pero si lo tuviera que hacer primero comprobaría como te he dicho que ha cotizado por cese de actividad el periodo necesario y si es así pediría un certificado a la TGSS al Casia para que me certifique los periodos aunque no se si lo harían y sino pues pantallazo al importas.
no, no lo he comprobado... es lo que me imagino...Pero en tu caso dices que has comprobado que no tiene carencia??