recargo

LABOR

Miembro activo
Las liquidaciones complementarias que hay que hacer por salarios reconocidos en conciliación judicial me dicen no tiene recargo del 20 %.
Esto es así?
Sería una L90?
 

anuskillas

Miembro activo
La L90, si lleva recargo
En el manual de instrucciones de Red indica que la liquidaciones reconocidas por atrasos de convenio, Normativa (disposición legal), acta de conciliación, sentencia judicial o cualquier otro título legítimo se envían por un L03. Entiendo que la compañera se refiere al pago de diferencias salariales pendientes de percibir y yo lo veo como un L03. Me puedes aclarar tu punto de vista, es que no lo veo.
 

pepito

Miembro activo
y tienes toda la razon, Anuskillas.
Yo me refería a que las L90 siempre son fuera de plazo y llevan recargo, pero entiendo como tu que es una L03….creo que leí su última frase como afirmativa, y no como interrogativa, por eso solo conteste a si llevaba recargo o no la L90
 
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