RECEMA

CARLY

Miembro
Buenas tardes, una duda, cuando una trabajadora a dado a luz a su hijo, y tiene un trabajador que la esta sustituyendo en el riesgo por embarazo, y que ahora la va a sustituir por maternidad, según pregunta que ya hice en CAISA, me indicaron que no tengo que darla de baja, me dijeron que lo unico imprescindible era comunicar en el RECEMA el certificado de maternidad.

Por lo anterior, hoy a dado a luz, y lo que entiendo que debo hacer es por un lado, sin dar de alta ni de baja, pero voy a comunicar un nuevo contrato de sustitución por maternidad.

Y por otro lado, tengo que hacer la comunicación en RECEMA del certificado de maternidad, para hacer esto que no lo hecho nunca, que documentación necesito?

Si no lo veís claro así como pongo, y lo mejor es darle de baja, que se apunte como demandante de empleo y volver a dar de alta después pues tambien acepto todos los consejos.
 

MiriamSR

Miembro conocido
La información que te han dado en sistema red es correcta, no necesitas hacer baja y nueva alta, con comunicar el certificado de maternidad es suficiente. Aunque es cierto que hay compañeros que prefieren seguir tramitando una baja y una alta.
Nuevo contrato si debes comunicar al SEPE.
Y para mandar el certificado maternidad, tu propio programa de nóminas te lo debe de generar, lo generas al meter la maternidad y lo mandas por siltra.
 

MonicaLaboral

Nuevo miembro
Buenas tardes, es la primera vez que voy a cursar una paternidad, ¿qué tramites como empresa hay que realizar? Gracias de antemano
 

toni

Miembro conocido
Por parte de la empresa el unico tramite es cursar por RED el certificado de bases e indicar el perido de suspension que quiere el trabajador, las 16 semanas seguidas o fracccionadas ( las 6 primeras obligatorio seguidas)
 

MonicaLaboral

Nuevo miembro
Buenos días, una duda. Cuando envíe el certificado, ¿puedo enviar información solo de las 6 primeras semanas y luego ir informando?
 

toni

Miembro conocido
Si solo se va a cojer las 6 semanas obligatorias si. Luego comunicas los siguientes peridos sobre el certificado inicial.
 
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