Reclamar improcedencia sin firmar "No conforme"

Santiago

Miembro conocido
Buenas tardes

Expongo una consulta
Trabajador que es despedido por despido objetivo
Firma la carta de despido
No indica "No conforme"
Firma la liquidación en la que aparece la famosa frase que viene por defecto en el programa de nóminas de "la persona trabajadora cesa en la prestación de sus servicios por cuenta de la empresa y recibe en este acto la liquidación de sus partes proporcionales en la cuantía y detalle que se expresan al pie, con cuyo percibo reconoce hallarse saldada y finiquitada por todos los conceptos con la referida empresa, por lo que se compromete a nada más pedir ni reclamar".
No indica "No conforme"

La pregunta es, pese a firmar ese documento, ¿el trabajador podría presentar demanda ante el CEMAC reclamando la improcedencia?
Yo entiendo que sí, que siempre hay que dar esos 20 días de margen para que el trabajador se asesore y pueda reclamar sus derechos, pero en un curso que he realizado la profesora dice que una vez firmado sin poner "No conforme" no podría reclamar, a no ser que pudiera demostrar que ha firmado coaccionado.

Muchas gracias, como siempre
 

Cachilipox

Miembro conocido
Reclamar siempre se puede.
El poner la coletilla o no ponerla, es solo un indicio, que luego hay que razonarlo y fundamentarlo.

Por ejemplo, por mucha conformidad que des, si luego haces cuentas, y observas un clarísimo error material, significativo (vamos, que te hayan tangado un 15-20 % de la indemnización, por ejemplo), tienes causa más que justificada para demandar.

Como mucho, en base a la presencia o ausencia de esa coletilla su señoría podría determinar si el incumplimiento (si es que existe, que hay que demostrar) es culposo o doloso.
O sea, la ausencia de prueba (de disconformidad), no prueba la ausencia (de disconformidad).
 

FERNANDO

Miembro conocido
Por supuesto que lo puede pedir. Ha firmado, únicamente, un recibo de haberes. Otra cosa es que se hubiera redactado aparte un documento donde se le ofreciese una cantidad como indemnización y en la que las partes firman que se entrega dicha cantidad para evitar litigiosidad.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Está claro, reclamar, puede reclamar.
Y porque habéis puesto esa coletilla propia del finiquito, pero son dos cosas distintas, el comunicado de despido y la liquidación.
Respecto a la liquidación, lo ya dicho, si acaba apreciando cualquier error material o concepto no exigible o identificado en ese momento, también podría reclamar, pero es que respecto al comunicado de despido... firma como recibido, simplemente (y no puedes exigir que en ese momento de firme que está conforme con el despido y que renuncia a reclamar, para lo que tiene un plazo de 20 días), esa firma no implica que lo acepte.
Os sirve para acreditar que se lo habéis comunicado, nada más.

Saludos
 

Santiago

Miembro conocido
Estoy totalmente de acuerdo con todas vuestras opiniones
Yo he flipado cuando la profesora ha indicado en el curso que si no ponía "No conforme" no podía reclamar
Quiero pensar que se refería a algún acuerdo extrajudicial entre empresa y persona trabajadora y no al momento del despido.
 

Bruma

Miembro activo
Estoy totalmente de acuerdo con todas vuestras opiniones
Yo he flipado cuando la profesora ha indicado en el curso que si no ponía "No conforme" no podía reclamar
Quiero pensar que se refería a algún acuerdo extrajudicial entre empresa y persona trabajadora y no al momento del despido.
O simplemente porque la profesora no está bien documentada, que no todo el profesorado de una materia conoce profesionalmente dicha materia.
 

Petrus

Miembro conocido
La firma indica que se le ha notificado, por mucho que la carta ponga que no reclama.... puede hacerlo.

Otra cosa es que en la conciliación se deje cerrado que no se reclama por nada más, pero eso es otra historia.
 

Leovigildo

Miembro activo
Esta coletilla siempre la he considerado como un recibí de la comunicación o carta, nada más.
Siempre se puede y podrá reclamar, pero ahí entran ya varios factores de cada situación.
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo solo te puedo comentarte que aun firmando el finiquito puede reclamar contra el despido y este ser declarado improcedente. Y te lo comento porque a mi me pasó esto mismo y lo comenté con un compañero mío que se dedica a jurídico y me dijo que muchos jueces hacen caso omiso la finiquito, entienden que el trabajador firmó el documento bajo presión, atenazado por los nervios de la situación que se produce cuando uno es despedido y por lo tanto "pasan" de ello.
 
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