Una comunidad de propietarios se plantea qué hacer con un trabajador que ya no tiene ninguna función dentro del edificio pues las tareas que realizaba ahora son desempeñadas por una empresa externa. Yo entiendo que una comunidad no puede suspender un contrato ni modificar sustancialmente condiciones de trabajo basándose en causas económicas, técnicas, organizativas o producción pues no existe actividad económica como tal; no hay producción , no hay beneficios, no hay pérdidas..... Lo único que se me ocurre y que podría ajustarse realmente es un despido improcedente con la correspondiente indemnización o una reducción de jornada siempre y cuando éste la acepte haciendo un nuevo contrato pero claro, siempre se quiere buscar la manera más económica. Me gustaría que me diérais vuestra opinión acerca de las distintas opciones que se podrían barajar en este caso y si pensáis que tanto un despido como una reducción de jornada o una modificación sustancial de condiciones laborales por causas organizativas..... se podría plantear.