Reforma cuotas autónomos

Cachilipox

Miembro conocido
Ya salió BOE.
Sin recargo ni intereses.
Hay tablas con bases mínimas y bases máximas según el tramo de rendimiento.
Si has cotizado por debajo de la base mínima que corresponde, cotización complementaria de oficio por la diferencia hasta tu base mínima.
Si has cotizado por encima de tu base máxima que corresponde, devolución de oficio del exceso.
Si apuntaste dentro de la diana, te quedas como estabas.

Así que si no modifican los criterios de tributación, las cotizaciones complementarias son penalizadas "de forma invisible", por la vía de no ser gasto deducible.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Menudo sinsentido lo de regularizar a pasado, qué pasará con las prestaciones de incapacidad temporal y permanente? también las regularizarán un año atrás?
No. Precisamente hay todo un amplísimo redactado que establece que los meses con prestación no son regularizables.
 

Darmody

Miembro activo
¿Cómo intuís que se calculará el rendimiento neto de los autónomos societarios? ¿Sobre lo que ingresan de nómina?
 
Hola,
Alguien tiene una ligera idea de esto?

He hecho consulta a CASIA:
Para la cuota de 500€ en 2023... entre las bases de: Rendimiento neto de Más de 6.000 € base mínima 1.633,99 € base máxima 4.139,40 € Como se define que base se toma?? Independientemente de la base la cuota será de 500€

Respuesta:
Buenos días. Actualmente no disponemos de instrucciones sobre las modificaciones previstas para el próximo año, Un saludo.

Gracias
 

Cachilipox

Miembro conocido
Hola,
Alguien tiene una ligera idea de esto?

He hecho consulta a CASIA:
Para la cuota de 500€ en 2023... entre las bases de: Rendimiento neto de Más de 6.000 € base mínima 1.633,99 € base máxima 4.139,40 € Como se define que base se toma?? Independientemente de la base la cuota será de 500€

Respuesta:
Buenos días. Actualmente no disponemos de instrucciones sobre las modificaciones previstas para el próximo año, Un saludo.

Gracias
500 € es la cuota de la base mínima de ese tramo.
Si cotizas por una base superior, la cuota sale por una cantidad superior.
El tipo de cotización es único para todas y cualquier base.

La "definición" de la base es casi como hasta ahora, solo que con un añadido: elige el autónomo de forma previa, solo que ahora se añadió la potestad de la administración de "regularizar" si los rendimientos netos son superiores.
Si el autónomo, en previsión, ya eleva de forma previa su base de cotización, no hay regularización a aplicar.
 

MACALENA

Miembro activo
¿Sabéis cómo puede verse por Sistema RED si un autónomo consta como persona física o como societaria?

Por ejemplo, psicóloga que ejerce a través de una sociedad y de manera independiente a la sociedad y que cotiza por una base superior a la mínima societaria.
 

MarLo

Miembro conocido
¿Sabéis cómo puede verse por Sistema RED si un autónomo consta como persona física o como societaria?

Por ejemplo, psicóloga que ejerce a través de una sociedad y de manera independiente a la sociedad y que cotiza por una base superior a la mínima societaria.
Hola, hace poco me peleé con casia por este tema.

Primera parte: Necesitaba acreditar el vínculo de un autónomo con una SL concreta porque así me lo pedían en un requerimiento de una subvención del kit digital. Pues yo como autorizado no pude acreditarlo ni por "duplicado resolucion alta" ni por "informe datos cotización reta". Ahí no sale nada de la SL en donde está como autónomo societario. Tampoco tenía el 521 en papel con su sellito de TGSS que esto fueron altas on line. Para la subvención tuve que hacer un "apaño" enviando un pantallazo de la info que sale cuando entras en el menú de "modificación de condición de trabajador autónomo". Ahí si que aparece que está vinculado el autónomo a un SL con su CIF y que es societario.

Segunda parte: Como yo necestiaba un certificado oficial de que el autónomo era societario y no un pantallazo, erre que erre con casia estuve peleándome para que me lo emitiesen. Primero consulté (casia consultas) y me dijeron que sí que me lo hacían y que enviase trámite. Luego envié trámite (casia trámites) y me dijeron que no me lo hacían que enviase consulta. Luego envié de nuevo consulta quejándome y me volvieron a contestar que por casia no certifican nada, que metiese una solicitud por registro electrónico.... Y eso hice la semana pasada y estoy esperando aún respuesta.
 
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