enevalaboral
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Vaya tela, nosotros tenemos ese caso en varios, si no iban a poder optar por quedarse con la de 12/2022 más la actualización (8,6%), que no las hubieran actualizado. Ahora parece que le pusimos más de lo que podían
No obstante, por encontrarse los citados trabajadores de alta el 31 de diciembre de 2022, podrán mantener como bases definitivas en el año 2023 aquellas por las que cotizó provisionalmente, con el límite del importe de su base de cotización de diciembre de 2022.yo lo entiendo así: la TGSS si no haces nada, te aplica la base rendimiento (columna del medio), por lo tanto el autónomo baja base y le devuelven pasta. Para que esto no suceda, tiene que ser el propio autónomo que diga, me quedo con la base superior. Para los autónomos que tienen sólo el apunte de base promedio, esa es la cantidad que hay que solicitar y no les devuelven dinero, para los que tienen dos apuntes, base promedio y base 311222, sólo pueden pedir que se mantenga la base 311222, es decir, la que tenían en diciembre del 22, aunque durante el 23 la hayan actualizado/revalorizado. En estos casos el autónomo recibirá un importe a su favor.
En el ejemplo que pongo abajo de algunos que me llegaron a mi, el que tiene base promedio 1043,21, base rendimiento 849,66 y base 311222: 960,60, si no quiere que le bajen la base a 849,66 tiene que pedir que le mantengan la de 960,60 (no puede pedir más porque eso es lo que tenía en el 12/22), y le devolverán diferencias de 960,60 a 1043,21 (base del 23 actualizada por TGSS)
Ver el archivos adjunto 3813
Pues es una mmmmm porque si no lo cobro se queda de gratis para la eternidad. y me joroba porque sólo aguantar llamadas, mails, dar explicaciones que ya dí en su momento, justificar porqué le devuelven y no le mantienen la base, o porqué tiene que pagar... va a ser un montón de tiempo y ya estoy harta.este trámite lo vais a facturar o lo incluís dentro de la cuota?
Estoy mirando esto... pero ahi no viene el cálculo concreto de cada autónomo... sino la forma genérica de calcularlo...Buenos días, a mí me llegó ya un email donde se dirigían a una plataforma y allí ya tengo el excel con algunos autónomos . He llamado por teléfono a la TGSS (para estos asuntos han habilitado el teléfono 919087067), me comentan que tengo que esperar a que me envíen la notificación de trámite de audiencia y así poder elegir las bases. También me han dicho que el cálculo lo podemos ver en AEAT ( Información para determinar el rendimiento neto). Voy a meterme a ver cómo ha sido .
A mi tp me cuadran, por eso llamé y como bien dices es la teoría, habrá que poner Casia en el enlace que dicen que van a habilitarEstoy mirando esto... pero ahi no viene el cálculo concreto de cada autónomo... sino la forma genérica de calcularlo...
Igual tenéis a todos en su sitio...a nosotros aún no nos ha llegado nada
hay alguien más a quien no?
pq ya estamos empezando a preocuparnos.!
yo lo considero dentro de la cuota, por eso actualice a principios 2023, el escenario era ya otro muy distinto a lo anterior, donde dabas un alta y te olvidabas de la tgss.este trámite lo vais a facturar o lo incluís dentro de la cuota?
Pues de momento posibilidad de comprobar, no hay. Te largan lo que a "ellos les sale" y fiesta.lo que es deseable es que todo venga rapido, sea facil de comprobar y este todo liquidado antes de nochebuena, para no estar pringado en enero.
Yo he recibido email de aviso de que recibire otro email con enlace a pagina web, pero no he recibido ese enlace a pagina web y no puedo ver. Yo ya tengo estimados los que tienen que pagar de mas, que han sido pocos porque en 2023 actualizamos segun ingresos 2022. En 2024 es cuando no he actualizado hasta no ver esto, y de cara a 2025 si he vuelto a actualizar a los que querian cotizar por lo minimo, y ya han visto que no ganan nada teniendo que pagar ahora de golpe la diferencia con lo que le correspondia en 2023.
el calculo es bien sencillo si no hay it, maternidad ni nada raro...Pues de momento posibilidad de comprobar, no hay. Te largan lo que a "ellos les sale" y fiesta.
Claro pues el mejor mes del año como si teniamos poco.Otra cosita, me han dicho que si recibimos en este mes (da igual el día que se reciban) la notificaciones se tiene de plazo hasta el 31/01/2025, si las recibimos en enero el plazo es hasta el último día del mes siguiente (febrero).
Igual yo solo tengo los necesarios por trabajadores pero nada mas, no los asigno a mi red, la tarifa no me da para perder el tiempo explicando los enredos que ni siquiera nosotros somos capaces de entender.a mi nada de nada y ni lo espero, me desasigne de todos viando lo que me podria caer. Ya vendran a decirme algo y luego ya sabre como hacerles el "favor"