REGULARIZACION AUTONOMOS

LABOR

Miembro activo
Si tienen BC en 12/2024 no? Si la casilla esta en blanco pueden seguir con la que tienen ahora? pero si, hay que comunicarlo...
Perdona, a ver si te entiendo
Quieres decir que si el autónomo no cotizaba en 12/2022 y empieza en febrero 2023 - por ejemplo- y la base cotizada es superior a la de rendimientos puede mantenerla si quiere?
en cambio, si existía una base en 12/2022, esta será digamos " el tope" de base que puede consolidar si así lo manifiesta?
 

LABOR

Miembro activo
sigo mirando y sigo sin entender nada; otro caso que me ha llegado....
Se trata de un autónomo activo de los que cobran el 100 % de la pensiòn por tener una trabajador:
Base promedio 2903,32
base rendimiento 1.300
base 31/2022 2673,41
Respecto a la base 1300...yo no veo ningún tramo en 2023 cuya base mínima sea 1300....
Al ser activo, podría acogerse a la base más pequeña sin que le repercutiera en la pensión actual y futura? creía que la base que se estableció como reguladora en el momento de acceder a la JActiva se quedaría para " toda la vida" (salvo IPCS anuales......)...
 

toni

Miembro conocido
Perdona, a ver si te entiendo
Quieres decir que si el autónomo no cotizaba en 12/2022 y empieza en febrero 2023 - por ejemplo- y la base cotizada es superior a la de rendimientos puede mantenerla si quiere?
en cambio, si existía una base en 12/2022, esta será digamos " el tope" de base que puede consolidar si así lo manifiesta?
Pues no lo tengo clar aun, por eso preguntaba
 

yujurl

Miembro
¿Os cuadran los importes incluidos en la "base rendimiento"?
Entiendo que en el trámite de audiencia se podrá hacer algún tipo de reclamación de esos rendimientos netos que ha calculado la TGSS.

Es curioso porque tengo un RETA, comunero (comunidad de bienes), con un rendimiento neto computable (casilla 1568 de modelo 100) por importe de algo más de 40.000 €, y la TGSS informa en el correo que su base rendimiento es de 849,66 €.

En otro orden de cosas, coincido con Julia y MarLo en lo que han expuesto.
Hola, a mi no me cuadran tampoco, no se de donde están sacando la información la verdad.

Sergio
 

Elena-Z

Miembro activo
Pues me acaba de llegar un mail... a los autónomos que no van en esta remesa les llegarán las cartitas en enero... lo que os decía... parece que lo hagan a idea... incumplen los plazos prometidos, pero para jodddddd.... más a nosotros.
Menudo mes nos espera...
 

Niema

Miembro activo
Pues me acaba de llegar un mail... a los autónomos que no van en esta remesa les llegarán las cartitas en enero... lo que os decía... parece que lo hagan a idea... incumplen los plazos prometidos, pero para jodddddd.... más a nosotros.
Menudo mes nos espera...
a nosotros igual y no nos ha llegado el correo de los que estan por encima de bases
la cuestión es volvernos locos y con la ansiedad por las nubes, porque total como somos sus esclavos xD
 

FIRMAMENTO

Miembro activo
Yo también lo he recibido pero la verdad no entiendo....
Ejemplo de un caso que me mandan; es un autónomo societario; me ponen:
Base promedio 1234.80 €
Base rendimiento 849,66
Base 31/2022...en blanco
Este autónomo-de toda la vida- tenía la base de 1234,80 en 12/2022 y ahora no aparece ninguna...
por otro lado es societario y creo que su base debería ser como mínimo 1.000 €.... me dicen 849,66
No debería aparecer que puede optar si quiere por mantener la de 1234,80 ya que la tenía en 12/2022?
Y si esta hubiera sido inferior, no deberían ponerme como base rendimiento 1.000?
No entiendo nada...veis algo que yo no vea o hago mis deducciones de forma incorrecta?
Marlo lo explica muy bien en su intervención, si la base está en blanco, significa que es igual a la base promedio.
 

PEDRO

Miembro conocido
Pues me acaba de llegar un mail... a los autónomos que no van en esta remesa les llegarán las cartitas en enero... lo que os decía... parece que lo hagan a idea... incumplen los plazos prometidos, pero para jodddddd.... más a nosotros.
Menudo mes nos espera...
Pero entiendo que el email es solo i formativo que hasta que no le llegue la notificación al autónomo no se puede hacer nada, y por otra parte si nos llega ahora tenemos hasta el 31 de enero para renunciar a la devolución o no . ¿Es correcto lo que digo o estoy confundido?
 

toni

Miembro conocido
Pero entiendo que el email es solo i formativo que hasta que no le llegue la notificación al autónomo no se puede hacer nada, y por otra parte si nos llega ahora tenemos hasta el 31 de enero para renunciar a la devolución o no . ¿Es correcto lo que digo o estoy confundido?
Es correcto, es informativo y aun no podemos hacer nada...
 

LABOR

Miembro activo
yo lo entiendo así: la TGSS si no haces nada, te aplica la base rendimiento (columna del medio), por lo tanto el autónomo baja base y le devuelven pasta. Para que esto no suceda, tiene que ser el propio autónomo que diga: "me quedo con la base superior". Para los autónomos que tienen sólo el apunte de base promedio, esa es la cantidad que hay que solicitar y no les devuelven dinero .Para los que tienen dos apuntes, base promedio y base 311222, sólo pueden pedir que se mantenga la base 311222, es decir, la que tenían en diciembre del 22, aunque durante el 23 la hayan actualizado/revalorizado. En estos casos el autónomo recibirá un importe a su favor.

En el ejemplo que pongo abajo de algunos que me llegaron a mi, el que tiene base promedio 1043,21, base rendimiento 849,66 y base 311222: 960,60, si no quiere que le bajen la base a 849,66 tiene que pedir que le mantengan la de 960,60 (no puede pedir más porque eso es lo que tenía en el 12/22), y le devolverán diferencias de 960,60 a 1043,21 (base del 23 actualizada por TGSS)

Ver el archivos adjunto 3813
Gracias por el ejemplo. pero los que no tiene base en 21/2022, es
1.-Por que no cotizaban 12/2022?
2.- Por que l base de 12/2022 es inferior a la base rendimiento?
3.- Por las dos razones? por ninguna?
 

LABOR

Miembro activo
Me ha entrado ahora mismo....

Buenos días,

Se remite el Boletín de Noticias RED 14/2024, de 9 de diciembre del 2024, que se publicará a lo largo del día de hoy en la página web, con las siguientes novedades:

  • TRLGSS. Art. 308. Inicio del procedimiento de regularización.
  • Regularización RETA. Atención telefónica y telemática.
  • Regularización RETA. Servicio de consulta de la regularización anual de cuotas de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  • Envío de comunicaciones por correo electrónico sobre la regularización de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
 

LABOR

Miembro activo
yo lo entiendo así: la TGSS si no haces nada, te aplica la base rendimiento (columna del medio), por lo tanto el autónomo baja base y le devuelven pasta. Para que esto no suceda, tiene que ser el propio autónomo que diga: "me quedo con la base superior". Para los autónomos que tienen sólo el apunte de base promedio, esa es la cantidad que hay que solicitar y no les devuelven dinero .Para los que tienen dos apuntes, base promedio y base 311222, sólo pueden pedir que se mantenga la base 311222, es decir, la que tenían en diciembre del 22, aunque durante el 23 la hayan actualizado/revalorizado. En estos casos el autónomo recibirá un importe a su favor.

En el ejemplo que pongo abajo de algunos que me llegaron a mi, el que tiene base promedio 1043,21, base rendimiento 849,66 y base 311222: 960,60, si no quiere que le bajen la base a 849,66 tiene que pedir que le mantengan la de 960,60 (no puede pedir más porque eso es lo que tenía en el 12/22), y le devolverán diferencias de 960,60 a 1043,21 (base del 23 actualizada por TGSS)

Ver el archivos adjunto 3813
Veo que cuando ponen la base de rendimiento ponen la máxima del tramo....... en estos casos de mal encuadramiento no se iba cotizar por la bese mínima del tramo ? o aplican la máxima si te has "pasado" cotizando?
 

MarLo

Miembro conocido
Veo que cuando ponen la base de rendimiento ponen la máxima del tramo....... en estos casos de mal encuadramiento no se iba cotizar por la bese mínima del tramo ? o aplican la máxima si te has "pasado" cotizando?
cuando te pasas con la cotización real por la que se pagó o "provisional" que le llama la TGSS, respecto a la que corresponde por rendimientos, se calculan las diferencias usando la base máxima del tramo que debería ser por los rendimientos

1733761654134.png

Y cuando te quedas corto con la base, respecto a la que te corresponde por rendimientos, te calculan las diferencias por la base mínima de ese tramo "según rendimientos"

1733761708062.png
 

LABOR

Miembro activo
cuando te pasas con la cotización real por la que se pagó o "provisional" que le llama la TGSS, respecto a la que corresponde por rendimientos, se calculan las diferencias usando la base máxima del tramo que debería ser por de los rendimientos

Ver el archivos adjunto 3816

Y cuando te quedas corto con la base, respecto a la que te corresponde por rendimientos, te calculan las diferencias por la base mínima de ese tramo "según rendimientos"

Ver el archivos adjunto 3817
mejor imposible, gracias....
 

toni

Miembro conocido
Me ha entrado ahora mismo....

Buenos días,

Se remite el Boletín de Noticias RED 14/2024, de 9 de diciembre del 2024, que se publicará a lo largo del día de hoy en la página web, con las siguientes novedades:

  • TRLGSS. Art. 308. Inicio del procedimiento de regularización.
  • Regularización RETA. Atención telefónica y telemática.
  • Regularización RETA. Servicio de consulta de la regularización anual de cuotas de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  • Envío de comunicaciones por correo electrónico sobre la regularización de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
no lo veo o no me aparece, puedes colgarlo?
 
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